Sentencia Nº 2020-1749 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José, 28-10-2020

Número de sentencia2020-1749
Número de expediente17-002820-0175-PE(15)
Fecha28 Octubre 2020
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Resolución: 2020-1749
Expediente: 17-002820-0175-PE(15)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL . Segundo Circuito Judicial de San José. G., al ser las catorce horas cincuenta y cinco minutos del veintiocho de octubre de dos mil veinte.-
RECURSOS DE APELACIÓN interpuestos en la presente causa seguida contra [Nombre 001], [...]; por el delito de VIOLACIÓN DE DATOS PERSONALES, en perjuicio de [Nombre 002]. Intervienen en la decisión del recurso las juezas L.M.M R.M.A.N. y el juez E.E.J.G.. Se aperson aron en esta sede el licenciado J.M.V.U., en representación de [Nombre 002] ; el licenciado J.C.R.J., en su condición de defensor del encartado [Nombre 001]; y el licenciado C.M.S.C. en su condición de apoderado especial judicial de la Sociedad [Nombre 005] Limitada y de [Nombre 001].
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número 23-2020, de las once horas del diez de enero de dos mil veinte, el Tribunal Penal, Primer Circuito Judicial de San José, resolvió: "POR TANTO: Con base en los argumentos de hecho y de Derecho ya expuestos, artículos 39 y 41 de la Constitución Política; 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 9 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 1 a 6, 11 a 15, 31 a 35, 42, 75 a 80, 142 a 145, 180 a 184, 265 a 269, 328, 330 a 336 y 341 a 366 del Código Procesal Penal; 1, 2 y 196 bis del Código Penal, se declara con lugar la excepción de extinción de la acción penal por prescripción y, por ende, se absuelve de toda pena y responsabilidad a [Nombre 001] por el delito de violación de datos personales que se le ha venido atribuyendo como cometido en perjuicio de [Nombre 002]. En lo penal, se resuelve sin especial condenatoria en costas. Asimismo, con base en las normas vigentes sobre responsabilidad civil del Código Penal de 1941, artículo 16 inciso a) del arancel de honorarios por servicios profesionales de abogacía y notariado decreto ejecutivo N°39078-JP del 01 de septiembre de 2014, artículos 47, 1045 y 1048 del Código Civil y 111 a 124 del Código Procesal Penal, se declaran sin lugar las excepciones de falta de legitimación pasiva y falta de derecho y se acoge parcialmente la acción civil resarcitoria incoada por [Nombre 002] como actora civil, por lo cual se condena a [Nombre 001] y a Sociedad [Nombre 005] Limitada, ambos en su...

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