Sentencia Nº 2020-316 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José, 08-12-2020
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José |
Fecha | 08 Diciembre 2020 |
Número de expediente | 17-000603-0623-PJ |
Número de sentencia | 2020-316 |
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL
Resolución: 2020-316
Expediente: 17-000603-0623-PJ (1)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL
SECCIÓN SEGUNDA, Segundo Circuito Judicial de San José
G., a las ocho horas cuarenta minutos del ocho de diciembre
de dos mil veinte.-
RECURSO DE APELACIÓN
interpuesto en la presente causa seguida
contra [Nombre 001]., [...], por el delito de ROBO AGRAVADO Y OTRO, en
perjuicio de [Nombre 003]. Intervienen en la decisión del recurso, la jueza Flory
Chaves Zárate, y los jueces
J.A.C.M. y G.A.J.M.. Se apersonó en
esta sede la licenciada E.E.C., Defensora Pública del joven
encartado y la licenciada S.B.G., en representación del
Ministerio Público.
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número 0157-2020, de las once horas
cincuenta y ocho minutos del catorce de octubre del dos mil veinte, el Juzgado
Penal Juvenil del Primer Circuito Judicial de San José, resolvió: "POR TANTO
En conformidad con lo expuesto, artÃÂculos 39 y 41 de la Constitución PolÃÂtica
8 inciso 1) y 11 de la Convención Americana de los Derechos Humanos,
artÃÂculo 9 inciso 2 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y PolÃÂticos,
artÃÂculo 40 de la Convención sobre los Derechos del Niño, Reglas mÃÂnimas
de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores
(Reglas de Beijing), artÃÂculos 1, 21, 22, 24, 208 y 213 inciso 3, del Código
Penal, artÃÂculos 22, 76, 258, siguientes y concordantes del Código Procesal
Penal, 1 al 26, 29, 44, 45, 58, 68, 69, 100 al 108, del 121 inciso 3, 122, 123 y
131 de la Ley de Justicia Penal Juvenil número 7576. SE ABSUELVE DE
TODA PENA Y RESPONSABILIDAD A [Nombre 001]. por un delito de
HURTO, acusado en perjuicio de [Nombre 012]. Asimismo se declara
a [Nombre 001]., autor responsable de un delito de ROBO AGRAVADO que
se le venÃÂa atribuyendo en perjuicio de [Nombre 003]
y de
un delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, que se le
venÃÂa atribuyendo en perjuicio de [Nombre 004]
y como tal, se le impone
como sanción : TRES AÑOS DE INTERNAMIENTO
DIRECTO EN CENTRO ESPECIALIZADO, a saber dos años de
internamiento directo por el delito de Robo Agravado en perjuicio de [Nombre
003] y un año de internamiento directo por el delito de Tentativa de Robo
Agravado en perjuicio de [Nombre 004] . Una vez firme el presente
pronunciamiento, remÃÂtase el...
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