Sentencia Nº 2021-0090 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José, 20-04-2021
Número de sentencia | 2021-0090 |
Número de expediente | 20-000804-0069-PE |
Fecha | 20 Abril 2021 |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José |
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL
Resolución: 2021-0090
Expediente: 20-000804-0069-PE (6)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL. SECCIÓN
SEGUNDA. Segundo Circuito Judicial de San José
. G., a las once horas
cinco minutos, del veinte de abril de dos mil veintiuno.-
Visto el conflicto de competencia planteado por el
Juzgado Penal Juvenil del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores y Golfito, P., este
Tribunal, resuelve,
R. la Jueza de apelación
U.R.; y,
CONSIDERANDO:
I.- Antecedentes del caso
: El 7 de agosto de 2020, la ofendida [Nombre 001]
, [...]
recibió en su lÃÂnea de teléfono celular, mediante la aplicación de mensajerÃÂa WhatsApp
desde el número [Valor 001], un mensaje de una persona que inició contacto con ella, se
identificó como [Nombre 004], dijo tener 17 años, vivir en Ciudad Neilly y le solicitó que le
enviara fotos de ella desnuda y de la ropa interior que utilizaba. Asimismo le
ofreció dinero por enviar esas fotografÃÂas. Esta persona tenÃÂa una fotografÃÂa en su perfil
desde el cual enviaba los mensajes, que luego eliminó, pero la menor ofendida djio
recordarlo perfectamente. Además, esa persona le indicó que conocÃÂa a toda su familia y
que si no enviaba las imágenes, les iba a hacer daño. El 25 de agosto la menor ofendida
contó a su madre lo sucedido, razón por la cual interpusieron la denuncia. Conforme surge
de los datos de la investigación, del estudio del comportamiento de las llamadas y de la
ubicación del número de teléfono celular del cual fueron enviados los mensajes a la vÃÂctima
asàcomo la identificación de la fotografÃÂa de la persona abonada del número, se determinó
que el joven acusado [Nombre 004], quien en efecto es un [...], aparece como abonado del
número de teléfono celular del cual fueron enviados los mensajes. Asimismo, se verificó con
las radio bases de activación de esa lÃÂnea celular, que en efecto, el contacto sostenido el dÃÂa
de los hechos con la menor de edad ofendida, se ubica en [...] (ver informe policial
507-SDRN-CI-2020).
II.- Actuaciones jurisdiccionales:
(i) El Juzgado Penal Juvenil de Nicoya, en
resolución de las 9:40 horas, del 9 de marzo de 2021, resolvió una excepción de
incompetencia territorial planteada por la defensa técnica del joven acusado, en la cual
expuso que de ser ciertos los hechos atribuidos, en principio calificados como el delito de
seducción de persona menor de edad por medios electrónicos, éste se habrÃÂa cometido en
la localidad de Corredores, conforme se detalla de la investigación, de manera que
corresponde a ese Despacho continuar con la causa. El Ministerio Público de Nicoya, que
formuló la acusación ante ese órgano jurisdiccional, al contestar la...
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