Sentencia Nº 2021-0090 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José, 20-04-2021

Número de sentencia2021-0090
Número de expediente20-000804-0069-PE
Fecha20 Abril 2021
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL
Resolución: 2021-0090
Expediente: 20-000804-0069-PE (6)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL. SECCIÓN SEGUNDA. Segundo Circuito Judicial de San José . G., a las once horas cinco minutos, del veinte de abril de dos mil veintiuno.-
Visto el conflicto de competencia planteado por el Juzgado Penal Juvenil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores y Golfito, P., este Tribunal, resuelve,
R. la Jueza de apelación U.R.; y,
CONSIDERANDO:
I.- Antecedentes del caso : El 7 de agosto de 2020, la ofendida [Nombre 001] , [...] recibió en su línea de teléfono celular, mediante la aplicación de mensajería WhatsApp desde el número [Valor 001], un mensaje de una persona que inició contacto con ella, se identificó como [Nombre 004], dijo tener 17 años, vivir en Ciudad Neilly y le solicitó que le enviara fotos de ella desnuda y de la ropa interior que utilizaba. Asimismo le ofreció dinero por enviar esas fotografías. Esta persona tenía una fotografía en su perfil desde el cual enviaba los mensajes, que luego eliminó, pero la menor ofendida djio recordarlo perfectamente. Además, esa persona le indicó que conocía a toda su familia y que si no enviaba las imágenes, les iba a hacer daño. El 25 de agosto la menor ofendida contó a su madre lo sucedido, razón por la cual interpusieron la denuncia. Conforme surge de los datos de la investigación, del estudio del comportamiento de las llamadas y de la ubicación del número de teléfono celular del cual fueron enviados los mensajes a la víctima así como la identificación de la fotografía de la persona abonada del número, se determinó que el joven acusado [Nombre 004], quien en efecto es un [...], aparece como abonado del número de teléfono celular del cual fueron enviados los mensajes. Asimismo, se verificó con las radio bases de activación de esa línea celular, que en efecto, el contacto sostenido el día de los hechos con la menor de edad ofendida, se ubica en [...] (ver informe policial 507-SDRN-CI-2020).
II.- Actuaciones jurisdiccionales: (i) El Juzgado Penal Juvenil de Nicoya, en resolución de las 9:40 horas, del 9 de marzo de 2021, resolvió una excepción de incompetencia territorial planteada por la defensa técnica del joven acusado, en la cual expuso que de ser ciertos los hechos atribuidos, en principio calificados como el delito de seducción de persona menor de edad por medios electrónicos, éste se habría cometido en la localidad de Corredores, conforme se detalla de la investigación, de manera que corresponde a ese Despacho continuar con la causa. El Ministerio Público de Nicoya, que formuló la acusación ante ese órgano jurisdiccional, al contestar la...

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