Sentencia Nº 2021-101 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, 17-02-2021
Número de sentencia | 2021-101 |
Fecha | 17 Febrero 2021 |
Número de expediente | 15-000113-0567-PE |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago |
*150001130567PE*
Expediente: 15-000113-0567-PE
Contra: [Nombre 005]
Delito: Tentativa de violaicón y otro
Ofendido: [Nombre 001].
Res: 2021-101
Exp: 15-000113-0567-PE
Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, Sección Segunda.
A las once horas del
diecisiete de febrero de dos mil veintiuno.
Recurso de apelación
interpuesto en la presente causa seguida contra
[Nombre 005], [...]
, por el
delito de Tentativa de violación y Abuso sexual contra persona menor de edad
, en perjuicio de
[Nombre 001]. Intervienen en la decisión del recurso los jueces J.R.G. y Marco
Mairena Navarro y la jueza
X.G.C.. Se apersonaron en apelación los licenciados A.C.G., en su
condición de defensor público del imputado y J.M.M., representante del Ministerio
Público.
Resultando:
1. Que mediante sentencia 544-2020 de las nueve horas cinco minutos del veintiséis de octubre
de dos mil veinte, el Tribunal de Juicio de Cartago, resolvió: "POR TANTO
: De conformidad con lo
expuesto, normas citadas y artÃÂculos 39 y 41 de la Constitución PolÃÂtica; 1, 11, 22, 30, 31, 45, 50, 71, 73
76, 156 inciso 3), 161 inciso 2) del Código Penal vigente al momento de ocurrir los hechos; 1, 3, 5, 6, 8
9, 141, 142, 178 y siguientes, 184, 265 a 269, 324 y siguientes, 360 a 365, 366 y 367 del Código Procesal
Penal, se resuelve: Por unanimidad de los votos se declara a [Nombre 005], autor responsable de UN
DELITO DE VIOLACIÓN EN ESTADO DE TENTATIVA Y DOS DELITOS DE
ABUSO SEXUAL CONTRA PERSONA MENOR DE EDAD AGRAVADOS, en perjuicio de [Nombre 001] y en
tal carácter se le impone: DIEZ AÑOS DE PRISIÓN
por el delito violación en grado de tentativa y
CUATRO
AÑOS DE PRISIÓN por cada delito de abuso sexual contra persona menor de edad agravados, penas que
de acuerdo con la penalidad el concurso material suman DIECIOCHO AÑOS DE PRISIÓN,
pena que con
abono de la preventiva cumplida descontará de la forma y modo que determinen los respectivos
reglamentos carcelarios a la orden del Instituto Nacional de CriminologÃÂa, en el lugar que este Instituto
establezca. En virtud del principio in dubio pro reo, se absuelve de toda pena y responsabilidad al
encartado, de un delito de abuso sexual contra persona menor de edad, en perjuicio de [Nombre 001]
Firme el fallo se inscribirá en el Registro Judicial de Delincuentes. R. testimonio correspondiente
al Juzgado
de Ejecución de la Pena y déjese al condenado a la orden del Instituto Nacional de CriminologÃÂa para lo de
sus cargos. Se ordena la prórroga de la prisión preventiva por el plazo de seis meses contados a partir de
su vencimiento en fecha 03 de enero de 2021 hasta el 03 de JULIO de 2021. Son los gastos del proceso
a cargo del Estado. N. por lectura. S.B.M., G.B.C. y
R.M.V.,...
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