Sentencia Nº 2021-101 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, 17-02-2021

Número de sentencia2021-101
Fecha17 Febrero 2021
Número de expediente15-000113-0567-PE
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago

*150001130567PE*

Expediente: 15-000113-0567-PE
Contra: [Nombre 005]
Delito: Tentativa de violaicón y otro
Ofendido: [Nombre 001].
Res: 2021-101
Exp: 15-000113-0567-PE
Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, Sección Segunda. A las once horas del diecisiete de febrero de dos mil veintiuno.
Recurso de apelación interpuesto en la presente causa seguida contra [Nombre 005], [...] , por el delito de Tentativa de violación y Abuso sexual contra persona menor de edad , en perjuicio de [Nombre 001]. Intervienen en la decisión del recurso los jueces J.R.G. y Marco Mairena Navarro y la jueza X.G.C.. Se apersonaron en apelación los licenciados A.C.G., en su condición de defensor público del imputado y J.M.M., representante del Ministerio Público.
Resultando:
1. Que mediante sentencia 544-2020 de las nueve horas cinco minutos del veintiséis de octubre de dos mil veinte, el Tribunal de Juicio de Cartago, resolvió: "POR TANTO : De conformidad con lo expuesto, normas citadas y artículos 39 y 41 de la Constitución Política; 1, 11, 22, 30, 31, 45, 50, 71, 73 76, 156 inciso 3), 161 inciso 2) del Código Penal vigente al momento de ocurrir los hechos; 1, 3, 5, 6, 8 9, 141, 142, 178 y siguientes, 184, 265 a 269, 324 y siguientes, 360 a 365, 366 y 367 del Código Procesal Penal, se resuelve: Por unanimidad de los votos se declara a [Nombre 005], autor responsable de UN DELITO DE VIOLACIÓN EN ESTADO DE TENTATIVA Y DOS DELITOS DE ABUSO SEXUAL CONTRA PERSONA MENOR DE EDAD AGRAVADOS, en perjuicio de [Nombre 001] y en tal carácter se le impone: DIEZ AÑOS DE PRISIÓN por el delito violación en grado de tentativa y CUATRO AÑOS DE PRISIÓN por cada delito de abuso sexual contra persona menor de edad agravados, penas que de acuerdo con la penalidad el concurso material suman DIECIOCHO AÑOS DE PRISIÓN, pena que con abono de la preventiva cumplida descontará de la forma y modo que determinen los respectivos reglamentos carcelarios a la orden del Instituto Nacional de Criminología, en el lugar que este Instituto establezca. En virtud del principio in dubio pro reo, se absuelve de toda pena y responsabilidad al encartado, de un delito de abuso sexual contra persona menor de edad, en perjuicio de [Nombre 001] Firme el fallo se inscribirá en el Registro Judicial de Delincuentes. R. testimonio correspondiente al Juzgado de Ejecución de la Pena y déjese al condenado a la orden del Instituto Nacional de Criminología para lo de sus cargos. Se ordena la prórroga de la prisión preventiva por el plazo de seis meses contados a partir de su vencimiento en fecha 03 de enero de 2021 hasta el 03 de JULIO de 2021. Son los gastos del proceso a cargo del Estado. N. por lectura. S.B.M., G.B.C. y R.M.V.,...

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