Sentencia Nº 2022-00204 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón, 11-03-2022

Número de sentencia2022-00204
Fecha11 Marzo 2022
Número de expediente20-000893-0075-PE
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SAN RAMÓN Tel: 2456-9069 tapelacion-sra@poder-judicial.go.cr Fax: 24569029
_____________________________________________________________________________________
Exp: 20-000893-0075-PE
Res: 2022-00204
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SECCIÓN PRIMERA. S.R., a las nueve horas treinta y cinco minutos del once de marzo de dos mil veintidós.

Analizada la solicitud de prórroga de medidas cautelares presentado por la representación del Ministerio Público, este Tribunal de Apelación de Sentencia resuelve y,

R. el juez de apelación de sentencia, E.M. y,
CONSIDERANDO:

I. La fiscal M.P.M., solicita la prórroga de la prisión preventiva del encartado [Nombre 001], la cual el plazo ordinario vence el próximo 12 de marzo de 2022. Explica los hechos que se han investigado en este proceso que se circunscriben a que el imputado, se dedicó a la venta de cocaína en la localidad de Sarchí esto en el mes de diciembre de 2021 (Sumaria penal número 20-893-0075-PE de 2020). También se abrió la causa penal 21-000140-0075-PE, por el delito de robo, ejecutado el 12 de febrero de 2021, en la localidad de Sarchí, en las cabinas propiedad de [Nombre 002]. Añade, que también se le sigue la causa penal número 21-000190-0075-PE, por el delito de hurto simple acaecido el 01 de marzo de 2021, en la localidad de Sarchí, en el local comercial la Esmeralda del cual se apoderó de bienes ajenos. Afirma que las condiciones de la medida cautelar no han variado y que se requiere ampliar la misma para que se realice el juicio que está programado para iniciarse el próximo 16 de marzo de 2022. Por ello pide que autorice un mes más para dicha medida cautelar.

II. Competencia y plazo de la medida cautelar. Según consta en el legajo respectivo, la detención del imputado se llevó a cabo en fecha 12 de marzo del 2021, el día en que el Juzgado Penal de Grecia se ordenó la medida prisión preventiva por espacio de 3 meses hasta el día 12 de junio del 2021. Luego, el Juzgado Penal de Grecia ordenó prorroga de la medida cautelar por espacio de 3 meses venciendo la medida el día 12 de septiembre del 2021. Más adelante, el Juzgado Penal de Grecia ordenó prorroga de la medida cautelar por espacio de 3 meses venciendo la medida el día 12 de diciembre del 2021. Posteriormente, el Juzgado Penal de Grecia ordenó prorroga de la medida cautelar por espacio de 2 meses venciendo la medida el día 12 de febrero del 2022. Finalmente, el Tribunal de Juicio ordenó la medida cautelar por espacio de un mes a vencer el 12 de marzo del 2022, fecha en que se cumplen los plazos de privación de libertad según lo estipulado en el segundo párrafo del artículo 258 del Código Procesal Penal. Del anterior recuento se concluye que este Tribunal es competente para conocer de la gestión planteada. Se acoge la gestión formulada. Revisados los autos, y los argumentos de la fiscalía, estima este Tribunal que es procedente ampliar la medida cautelar de prisión preventiva, toda vez que se mantienen incólumes los presupuestos procesales que autorizan la privación de la libertad del imputado. En este caso, en relación con el indicio comprobado de que el acusado está...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR