Sentencia Nº 2022-00233 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón, 18-03-2022

Número de sentencia2022-00233
Fecha18 Marzo 2022
Número de expediente21-000559-0068-PE
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SAN RAMÓN Tel 2456-9069 tapelacion-sra@poder-judicial.go.cr Fax: 24569029
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Exp: 21-000559-0068-PE
Res: 2022-00233
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SECCIÓN TERCERA. S.R., a las trece horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de marzo de dos mil veintidós.
Analizada la anterior solicitud de prórroga de la prisión preventiva, presentada por G.Z.M., F.A. del Ministerio Público, en causa número 21-000559-0068-PE seguida contra [Nombre 001], [Nombre 002], [Nombre 003] [Nombre 004], por el delito de robo agravado, en perjuicio de [Nombre 005] y otros este Tribunal resuelve;
R. la jueza de Apelación de Sentencia E.C., y;
CONSIDERANDO:
I. El Ministerio Público, por medio de G.Z.M., F.A. de la Fiscalía de Grecia, solicita que se prorroguen las medidas cautelares privativas de libertad, que rigen en contra de los imputados [Nombre 001], [Nombre 002], [Nombre 003], [Nombre 004]. En la solicitud se hace un recuento de la prisión preventiva descontada por los imputados, en el cual se señala que los justiciables se mantuvieron en privados de libertad por el plazo ordinario de un año, que vencerá el 20 de marzo de 2022. Explica de forma detallada las razones para considerar que las personas encartadas son las responsables de los hechos que se investigan en su contra, e informa que se ha confeccionado una acusación por parte del Ministerio Público, que estará pronta a presentarse ante el Juzgado Penal respectivo, además, que en conversaciones que se han mantenido con la defensa e imputados, es probable que se acojan a un procedimiento abreviado. Señala que tampoco han variado las circunstancias por las que se otorgaron las medidas cautelares, mismas que son necesarias para minimizar el peligro de fuga y el peligro para la víctima. Por ello solicita que se prorroguen las medidas cautelares de los imputados por dos meses, a fin de que se cumpla con la audiencia preliminar.
II. Conforme consta en el legajo de solicitud de prórroga de medidas cautelares, este Tribunal de Apelación de sentencia, mediante resolución de las 09:30 horas del 15 de marzo de 2022, puso en conocimiento de las partes, por el plazo de veinticuatro horas, la gestión promovida por el ente fiscal, a fin de manifestaran necesaria la realización de una vista oral, bajo el apercibimiento de que, en caso de omisión, se entenderá que renuncian a ulteriores trámites y que están anuentes a que se resuelva con lo que existe en el expediente. Vencido el plazo otorgado, ninguna de las partes se pronunció.
III. Sobre el cómputo del plazo de prisión preventiva . Según se desprende del legajo de medidas cautelares, los encartados [Nombre 001], [Nombre 002] [Nombre 003], [Nombre 004], fueron detenidos y puestos a la orden del Juzgado Penal de Grecia, el día 20 de marzo de 2021 (folios 1 a 10 del legajo de medida cautelar, al cual se hará referencia en adelante, salvo indicación en contrario). Mediante resolución de 14:47 horas del 21 de marzo de 2021, a todos los justiciables señalados, se les impuso SEIS MESES de prisión preventiva, con fecha de vencimiento el 20 de setiembre de 2021 (folio 11). En voto de 11:47 horas, de 04 de agosto de 2021, el Juzgado Penal Grecia, cambió la modalidad de...

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