Sentencia Nº 2022-0096 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José, 20-01-2022

Número de sentencia2022-0096
Fecha20 Enero 2022
Número de expediente20-000275-0622-PE(15)
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Resolución: 2022-0096
Expediente: 20-000275-0622-PE(15)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL. Segundo Circuito Judicial de San José. G., al ser las dieciséis horas cuatro minutos del veinte de enero de dos mil veintidós-
Vista la solicitud de prórroga de arresto domiciliario con monitoreo electrónico presentada por la licenciada M.F.S.C., en representación del Ministerio Público en esta causa seguida contra [Nombre 001] Y OTROS , por el delito de TRANSPORTE DE DROGAS, en perjuicio de LA SALUD PÚBLICA, este Tribunal resuelve.
Redacta la jueza de apelación de sentencia penal M.M.; y,

CONSIDERANDO:

I.- Contenido de la solicitud. La fiscal M.F.S.C., solicita la prórroga de la medida cautelar de arresto domiciliario con monitoreo electrónico del encartado [Nombre 001], por el plazo de dos meses. Considera que las condiciones objetivas y las circunstancias procesales respecto a la medida cautelar referida dictada en contra del encartado a partir del 27 de octubre de 2020, se mantienen y así deben de continuar a efectos asegurar su presencia durante el proceso. Además, que el peligro de fuga por el cual se ordenó la medida cautelar permanece vigente y la condición jurídica del encartado aún no ha sido definida, motivo por el cual debe prevalecer la medida cautelar hasta tanto sea resuelta. Señala que existen suficientes elementos probatorios que determinan el grado de probabilidad necesario para tener al imputado [Nombre 001], como probable autor responsable de los hechos delictivos que se investiga, pues existen los elementos de tipo objetivo y subjetivo que configuran el delito de tráfico de droga, siendo que los hechos pueden ser subsumidos en el tipo penal al estar ante la existencia de los verbos rectores, por cuanto al analizar la prueba recabada se tiene que el imputado poseyó, almacenó y cultivó plantas de cannabis sativa, comúnmente llamada marihuana, en la modalidad de marihuana hidropónica. Agrega que la causa ha llegado a la fase conclusiva de investigación, pues el informe final por parte de la sección de estupefacientes en la que se analizaría la información extraída de los teléfonos celulares decomisados a los encartados ya fue presentado y está identificado como DM-134-E-21. Este fue entregado el día 03 de enero de 2022 al Ministerio Público, y consta de 120 páginas en las que se analiza la información de mayor relevancia para la investigación, informe que resulta indispensable para el análisis final en la confección del requerimiento acusatorio. Como fue informado en su momento -continúa diciendo la fiscalía-, los dispositivos telefónicos contenían gran cantidad de información que se remitía incluso desde el año 2018, razón por la cual el análisis tomó más tiempo del esperado y fue entregado hasta el mes de enero del presente año. Así, el ente fiscal ya se encuentra confeccionando el requerimiento conclusivo, mismo que será finalizado en esta misma semana para que, la causa pueda ser remitida al juzgado competente y continuar con la etapa intermedia. Por tal razón, solicita la prórroga de la medida impuesta por el plazo de dos meses, plazo en el cual, se formulará el requerimiento acusatorio y se remitirá al Juzgado competente para que proceda a señalar hora y fecha para la realización de la audiencia preliminar.

II.- Acerca de la audiencia a la defensa. Mediante resolución de este tribunal de las 13:40 horas del 17 de enero del 2022, por el término de dos días, se concedió audiencia a la defensa del imputado en torno a la solicitud de prórroga planteada por la fiscalía, a fin de que manifestara lo que fuera de su interés, bajo el apercibimiento de que, en caso de silencio, se resolvería la petición una vez vencida la audiencia. Esta resolución fue debidamente notificada  sin que existiera apersonamiento...

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