Sentencia Nº 2022-0250 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José, 18-02-2022

Número de sentencia2022-0250
Fecha18 Febrero 2022
Número de expediente07-004852-0647-PE(15)
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Resolución: 2022-0250
Expediente: 07-004852-0647-PE(15)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL. Segundo Circuito Judicial de San José. G., al ser las siete horas treinta y cinco minutos, del dieciocho de febrero de dos mil veintidós.-
RECURSOS DE APELACIÓN interpuesto en la presente causa seguida contra M.E.R.V., mayor, costarricense, cédula de identidad número 1-0644-0203, nacido en San José, el 26 de setiembre de 1967 , hijo de Emanuel Reid Hans y O.V.B., soltero, de oficio policía municipal, vecino de San José Barrio México y BERNOR ULISES M.G., mayor, costarricense, cédula de identidad número 1-0565-0218, nacido en San José, el 22 de setiembre de 1961 , hijo de U.M.R. e I.G.A., casado, de oficio policía municipal, vecino de San José, Alajuelita; por el delito de PRIVACIÓN DE LIBERTAD AGRAVADA Y OTROS, en perjuicio de [Nombre 003] Y OTROS. Intervienen en la decisión del recurso las juezas I.V.U., R.M.A.N y el juez E.E.J.G.. Se apersonaron en esta sede la licenciada Diana Bermúdez Villalobos en calidad de abogada de la Ofician de Defensa Civil de la Víctima del Ministerio Público; el licenciado C.R.O. en representación del Ministerio Público y el licenciado R.A.O. en calidad de apoderado general judicial de la Municipalidad de San José.
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número 487-2021, de las once horas quince minutos del treinta de agosto de dos mil veintiuno, el Tribunal Penal de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de San José, resolvió: "POR TANTO: De conformidad con lo establecido en los artículos 39 y 41 de la Constitución Política; numerales 1, 11, 22, 76, 191, 192, 323, 366 y 367 del Código Penal; 1 inciso a) de la Ley N° 6106, denominada de Distribución de Bienes Confiscados y Caídos en Comiso, 1, 9, 265, 266, 267, 270, 324 siguientes y concordantes del Código Procesal Penal, por unanimidad en todos los extremos decisorios, se resuelve: Se ABSUELVE de toda pena y responsabilidad a MANUEL ENRIQUE REID VARGAS y BERNOR ULISES M.G. , por los delitos de PRIVACIÓN DE LIBERTAD AGRAVADA EN CONCURSO MATERIAL CON UN DELITO DE FALSEDAD IDEOLÓGICA Y UN DELITO DE FALSO TESTIMONIO que en perjuicio de [Nombre 003], LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA y LA FE PÚBLICA, se les ha venido atribuyendo Quedando los gastos del proceso a cargo del Estado. Cesarán inmediatamente todas las medidas cautelares decretadas contra los encartados. Una vez firme el fallo, cualquier otro objeto decomisado en la presente causa que no constituya evidencia deberá ser retirada por quien demuestre tener mejor derecho dentro del plazo de tres meses, caso contrario se ordenará su comiso a favor del Estado, debiendo entregarse a la Proveeduría Judicial quien determinará su destino. El material que constituya evidencia. una vez...

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