Sentencia Nº 2022-0260 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José, 21-02-2022

Número de sentencia2022-0260
Número de expediente18-009253-0042-PE(10)
Fecha21 Febrero 2022
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Resolución: 2022-0260

Expediente: 18-009253-0042-PE(10)

TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL . Segundo Circuito

Judicial de San José. G., al ser las diez horas veintiocho minutos, del veintiuno de febrero de dos mil veintidós.-

RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA interpuesto en la presente causa seguida contra [Nombre 001], [...]; por el delito de DAÑOS, en perjuicio de [Nombre 002]. Intervienen en la decisión los jueces A.I.S.Z., Manuel Gómez Delgado y J.A.V.. Se apersonaron en esta sede la licenciada C.V.O., como representante del Ministerio Público y la licenciada Y.S.P., representante de la Defensa Civil de la Victima .

RESULTANDO:

I.- Que mediante sentencia número 140-2021, de las trece horas veinte minutos del primero de marzo de dos mil veintiuno, el Tribunal Penal Penal del Tercer Circuito de San José, Sede Suroeste, P., resolvió: " POR TANTO De conformidad con lo

expuesto; normas legales citadas y artículos 36, 39 y 41 de la Constitución Política; 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 10, 111 a 116, 265 al 270, 324, 360 a 365, 367, 368 del Código Procesal Penal; 1, 11, 18 30, 45, 50, 51, 59, 60, 61, 62, 63, 71, 73, 74, 103, 228 del Código Penal, artículo 122, 124, 125 del Código Penal de 1941, 1045 del Código Civil; Decreto número 39078-JP Arancel de Honorarios por Servicios Profesionales de Abogacía y Notariado; se resuelve: En cuanto a lo penal: Se declara a [Nombre 001] autor responsable de un delito de DAÑOS cometido en perjuicio de [Nombre 002] y en tal carácter se le impone una pena de QUINCE DÃ

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR