Sentencia Nº 2022-1527 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José, 21-10-2022

Número de sentencia2022-1527
Fecha21 Octubre 2022
Número de expediente17-000595-1220-PE(15)
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Resolución: 2022-1527
Expediente:17-000595-1220-PE(15)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL. Segundo Circuito Judicial de San José. G., al ser las trece horas, del veintiuno de octubre de dos mil veintidós-
Visto los recursos de apelación de sentencia interpuestos por el licenciado Oviedo González Cruz, en representación del Ministerio Público y por el licenciado Hernán Martínez Acevedo, en representación del ofendido y querellante, en esta causa seguida contra [Nombre 001], por el delito de ESTAFA, en perjuicio de [Nombre 002], este Tribunal resuelve.
Redacta la jueza de apelación de sentencia penal M.M.; y,
CONSIDERANDO:
I.- Contra la sentencia número 0516-2022 de las 15:00 horas del 1 de julio de 2022, dictada el Tribunal Penal del I Circuito Judicial de San José, se interpusieron dos recursos de apelación: (i) por parte del fiscal O.G.C., en representación del Ministerio Público; (ii) por parte del licenciado H.M.A. en representación del ofendido y querellante. Los recursos de apelación son admisibles. Por cumplir con los requisitos formales, se admiten para el estudio de fondo las impugnaciones presentadas.
II.- Se admite la prueba ofrecida. La prueba documental ofrecida por la parte querellante resulta ser un elemento útil y pertinente de cara a los alegatos que integran la impugnación, por lo que, de conformidad con el artículo 463 párrafo tercero del Código Procesal Penal, se admite: (a) copia del contrato de crédito suscrito en fecha 22 de enero de 2014, entre MMG Bank Corporation y la sociedad Land Business S.A. y, (b) Copia del escrito de interposición del recurso de casación interpuesto contra la sentencia número 2022000391 dictada por el Tribunal Segundo Colegiado de Primera Instancia Civil del I Circuito Judicial de San José, dentro del proceso civil número 20-000183-1624-CI.
II.- Se señala audiencia oral: El licenciado M.A. solicita se realice audiencia ante este Tribunal de Apelación de Sentencia, con el fin de exponer oralmente sus alegatos. De conformidad con el artículo 463 del Código Procesal Penal, y para los efectos dichos, se señalan las QUINCE HORAS (15:00 PM) DEL DÃ

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR