Sentencia Nº 2022-162 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, 18-03-2022

Número de sentencia2022-162
Número de expediente20-000150-0455-PE
Fecha18 Marzo 2022
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago

*200001500455PE*

Expediente: 20-000150-0455-PE
Contra:[Nombre 001]
Delito:Violación y otro
Ofendido: [Nombre 002].
Res: 2022-162
Exp: 20-000150-0455-PE
Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, Sección Segunda. A las once horas del dieciocho de marzo de dos mil veintidós.
Vista la anterior solicitud de prórroga de arresto domiciliario con monitoreo electrónico al imputado [Nombre 001] formulada por el licenciado D.V.A., Fiscal auxiliar de la fiscalía de Asuntos Indígenas, en causa seguida contra [Nombre 001] por el delito de violación y otro en daño de [Nombre 002] , este Tribunal integrado por las juezas K.V.C. y Xiomara Gutiérrez Cruz, así como, el juez M.M.N. resuelve;
R. la jueza K.V.C.
Considerando:
I. Sobre la solicitud de medida cautelar. La representación fiscal, mediante escrito de fechado 07 de marzo de 2022, gestiona una nueva prórroga del plazo extraordinario de las medidas cautelares impuestas de arresto domiciliario con monitoreo electrónico al imputado [Nombre 001] por un mes, desde su vencimiento el 21 de marzo próximo. Primero , transcribe los hechos acusados: “1. La ofendida [Nombre 004], persona indígena N. por el espacio de tres años mantuvo una relación sentimental con el acusado [Nombre 001] , persona indígena N. el cual nació el día 08 de abril del año 1996, siendo que para la fecha de los hechos contaba con 24 años de edad. - 2. La ofendida [Nombre 010] , persona indígena N., en adelante [Nombre 002] ., la cual es hija de la ofendida [Nombre 004] e hijastra del imputado [Nombre 001], la cual nació el día 06 de noviembre del año 2003, quien para la fecha de los hechos contaba con 16 años de edad aproximadamente. 3. El día 12 de mayo del año 2020, al ser las 10 horas de la mañana aproximadamente, el acusado [Nombre 001] teniendo conocimiento de las medidas ordenadas en su contra, de su vigencia y de las consecuencias legales de su incumplimiento, mismas que fueron emitidas por una autoridad competente, incumplió las medidas de protección, por cuanto el acusado [Nombre 001], se presentó a una propiedad de la ofendida [Nombre 004] ubicada en [...], la cual es utilizada por la agraviada para realizar trabajos agrícolas, por lo que la ofendida [Nombre 004] al observar que el encartado se encontraba en dicho lugar conversando con su hija, sea la menor [Nombre 002], procedió a indicarle al imputado que se retirara del lugar, momento en el cual el acusado [Nombre 001] con la intención de perturbar y amenazar a la agraviada le indicó que “ le echara la...

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