Sentencia Nº 2022-457 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, 09-09-2022
Número de sentencia | 2022-457 |
Fecha | 09 Septiembre 2022 |
Número de expediente | 20-000206-0629-PE |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago |
1
*200002060629PE*
Res: 2022-457
Exp: 20-000206-0629-PE
Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, sección Primera.
A las nueve horas veintidós
minutos del nueve de setiembre de dos mil veintidós.
Recurso de apelación de sentencia penal
interpuesto en la presente causa seguida contra [Nombre
001], [...], por el delito de Violación
, en perjuicio de [Nombre 003]
. Intervienen en la decisión del
recurso los jueces C.F.M. y D.F.R., asàcomo, la jueza
I.C.C.. Se apersonó en apelación el licenciado A.C.C. en
calidad de defensor público del imputado.
Resultando:
1. Que mediante sentencia número 55-2022 de las catorce horas cincuenta minutos del veintiséis de
mayo de dos mil veintidós, el Tribunal Penal de Osa, Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur
resolvió: "POR TANTO
: De conformidad con lo expuesto y artÃÂculos 35,37, 39 y 41 de la Constitución PolÃÂtica
8 inciso 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 11 de la Declaración Universal de Derechos
Humanos; 14 inciso 2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y PolÃÂticos, Las Reglas de Brasilia, la
Convención sobre los Derechos del Niño, numerales 1, 11, 18, 20, 22, 30,31, 45, 50, 71, 73, 74, 76, 156 incisos
1, 2, 3 del Código Penal; 1, 2, 5, 6, 9, 46, 142 a 145, 180 a 184, 240, 258, 265 a 267, 330 a 336, 341, 352
360, 361, 363 a 365, 366 y 367 del Código Procesal Penal, por el resultado de los votos emitidos y por
unanimidad se declara a [Nombre 001] AUTOR RESPONSABLE DE DOS DELITOS DE VIOLACIÓN, que se le
han venido atribuyendo en perjuicio de la persona menor de edad [Nombre 003] ([Nombre 003]). En tal sentido
se le impone el tanto de DIEZ AÑOS DE PRISIÓN por el primer delito de VIOLACIÓN y DOCE AÑOS DE
PRISIÓN
por segundo delito de VIOLACIÓN, que en
aplicación del concurso material de delitos, corresponde a un monto total de pena de
VEINTIDÓS AÑOS DE
PRISIÓN, la cual deberá descontar en los sitios y formas que determinen los respectivos reglamentos
carcelarios previo abono de la preventiva sufrida. Por el plazo de SEIS MESES, que rige a partir del dÃÂa de hoy
y hasta el veintiséis de noviembre de dos mil veintidós, por mediar el peligro de fuga se ordena la prisión
preventiva del sentenciado [Nombre 001]. Se ABSUELVE DE TODA PENA Y RESPONSABILIDAD A [Nombre
001] de CUATRO delitos de ABUSOS SEXUALES AGRAVADOS EN CONTRA DE...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba