Sentencia Nº 2022002331 de Sala Constitucional, 28-01-2022
Emisor | Sala Constitucional (Corte Suprema de Costa Rica) |
Número de expediente | 21-024865-0007-CO |
Fecha | 28 Enero 2022 |
Número de sentencia | 2022002331 |
*210248650007CO*
Exp: 21-024865-0007-CO
Res. Nº 2022002331
SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. S.J., a las nueve horas quince
minutos del veintiocho de enero de dos mil veintidos .
Recurso de amparo que se tramita en expediente número
21-024865-0007-CO, interpuesto por
[Nombre 001], mayor, casada, comerciante, cédula de identidad
[Valor 001], vecina de Cariari de PococÃÂ,
contra el Alcalde de PococÃÂ, la Directora Ejecutiva del Consejo Nacional de Vialidad y el Presidente
Ejecutivo del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados.
Resultando:
1.- Por escrito recibido en la SecretarÃÂa de la Sala a las 11:13 horas del 06 de diciembre de 2021, la
recurrente interpone recurso de amparo contra el Alcalde de Pococày expresa que el 1° de septiembre de
2021 planteó una denuncia y escritos varios ante la Municipalidad recurrida, a raÃÂz de un problema de
alcantarillado que acaece frente a su local comercial de nombre Restaurante F.K.. Esgrime que cuando
llueve muy fuerte, las aguas pluviales se rebasan y afectan la calle y la acera, al punto que no se puede
transitar por ellas. Las aguas, también, ingresan a su negocio y, ello se debe a que el diámetro de la
alcantarilla es muy pequeño. Pese a lo anterior, acusa que no ha obtenido respuesta a sus gestiones y el
problema se mantiene. Por lo expuesto, estima que se están lesionando sus derechos fundamentales. Pide se
declare con lugar el recurso.
2.- Mediante resolución de las 15:06 horas del 06 de diciembre de 2021, la Presidencia de la Sala dio
curso a este amparo y se le solicitó informe al Alcalde de PococÃÂ, sobre los hechos alegados por la
recurrente.
3.-
Informa bajo juramento M.H.R., en su condición de Alcalde de Pococà(escrito
presentado a las 15:20 horas del 13 de diciembre de 2021), que la solución técnica temporal que recomienda
el Ing. B.A.M., del D.. de Obras Civiles, a la situación que aqueja a la recurrente, es esta:
“(…) realizar una extensión de un alcantarillado pluvial existente en la ruta nacional, para canalizar
las aguas que afectan el local F.K. y sus vecinos. Esta extensión de alcantarillado tendrÃÂa una
longitud de aproximadamente 40 metros. Esta obra debe complementarse con la construcción de aceras,
cordón y caño para que las aguas sean canalizadas adecuadamenteâ€