Sentencia de Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Heredia Sede Heredia Materia Laboral, 17-09-2019

Número de sentencia213-05-2019
Fecha17 Septiembre 2019
Número de expediente15-000025-1342-LA
EmisorTribunal de Apelación Civil y Trabajo Heredia Sede Heredia Materia Laboral (Costa Rica)
Tipo de procesoORDINARIO PRIVADO
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EXPEDIENTE:
15-000025-1342-LA
PROCESO:
ORDINARIO PRIVADO
ACTOR:
[Nombre 001]
DEMANDADO:
HACIENDA ROSWITHA SOCIEDAD ANÓNIMA Y M.G.K.D.

Voto N° 213-05-2019
TRIBUNAL DE APELACION CIVIL Y TRABAJO HEREDIA. SECCIÓN EXTRAORDINARIA.- A las catorce horas y catorce minutos del diecisiete de setiembre del año dos mil diecinueve .-
ORDINARIO LABORAL seguido ante el Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí, por el señor [Nombre 001] , mayor, casado una vez, trabajador agrícola, cédula de identidad número nueve-cero ochenta y cinco-trescientos sesenta y seis, vecino de Sarapiquí, contra HACIENDA ROSWITHA SOCIEDAD ANÓNIMA cédula de personería jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y cuatro mil setenta y nueve, representada por el señor M.G.K.D. de único apellido en razón de su nacionalidad suiza, mayor, soltero, oficinista, vecino de San José, pasaporte número X tres seis cinco tres siete siete cinco, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma, y contra dicho representante. Intervienen en el proceso los licenciados W.A.F.C. y E.J.M., como apoderados especiales judiciales de la parte actora y de la empresa demandada, respectivamente.
RESULTANDO:
1.- El actor señala que inició labores para la demandada el cinco de setiembre del dos mil cinco hasta el quince de diciembre del dos mil catorce cuando fue despedido con responsabilidad patronal, agrega que sus funciones fueron de jefe de aplicaciones de químicos, encargado de cosecha, deshierba, abonos granulados, aplicación de nematicida, amarras de piolas denominada la aplicación de químicos labor pesada, en un horario de lunes a sábado de cinco de la mañana a siete de la noche Refiere que la empresa está en total desacuerdo en aceptar a trabajadores sindicalizados, de hecho, los representantes del Sindicato Sitagah se hicieron presentes los días veintiocho de febrero y primero de marzo, ambos del dos mil catorce, a entregar su afiliación al Sindicato, y no la recibieron, por lo que proceden a investigarlo y a amenazarlo con despedirlo, ordenando su cese encontrándose incapacitado por el lapso de un año y dos meses, incluso, lo llamó vía telefónica el señor C.B. y luego el gerente de la empresa para informarle que ya estaba elaborada la...

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