Sentencia de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Guanacaste, 06-11-2019
Número de sentencia | 27-11 |
Número de expediente | 14-001400-0175-PE |
Fecha | 06 Noviembre 2019 |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Guanacaste (Costa Rica) |
*140014000175PE*
EXPEDIENTE:
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14-001400-0175-PE
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CONTRA:
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MARIA DE LOS A.M.O.
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OFENDIDO/A:
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[Nombre 006]
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DELITO:
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Falsedad Ideológica, Falsificación de Documentos Públicos y
Auténticos, Uso de Falso Documento
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VOTO 576-19
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL. Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, a las dieciséis horas del seis de noviembre de
dos mil diecinueve.
Recurso de apelación
interpuesto en la presente causa número
14-001400-175-PE, seguida contra R.M.V.D., cédula de
identidad número 107330580, nació el 26 de octubre de 1968, hijo de R. M
Duarte Camareno y E.V.C.; MARIA DE LOS ANGELES
M.O., cédula de identidad número 502910822, nació el 11 de abril de
1968, hija de M.O.O. y F.R.M.M. y
RUGGUERO ZATTIERO, nacionalidad Italiana, número de residencia
138000165408, nació el 20 de enero de 1946, hijo de A.Z. y Antonietta
Bardelli, por el delito de FALSEDAD IDEOLÓGICA en perjuicio de
[Nombre 006].
Intervienen en la decisión del recurso los jueces
R.O.S
J.M.C.M. y la jueza Cynthia Dumani
Stradtmann. Se apersonó en esta sede, el licenciado E.J.D.S.,
en representación del Ministerio Público y el licenciado V.Z.C..
RESULTANDO
1.- Mediante sentencia n.° 266-2019 de las nueve horas y cuarenta minutos de
catorce de mayo de dos mil diecinueve, el Tribunal de Penal del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, sede Nicoya, resolvió: "POR TANTO:
De conformidad con
lo expuesto, artÃÂculos 1, 39 y 41 de la Constitución PolÃÂtica; 8 y 9 de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos; 1 a 4, 11, 18, 21, 30, 31, 45, 216, 367, 368
372 del Código Penal; 1, 5, 6, 8, 9, 30, 40, 111, 114, 116, 142, 184, 265 a 270, 311,
360 a 366, 368 y 492 del Código Procesal Penal, 632, 704, 1045 del Código Civil;
artÃÂculo 15, 16, 19 del Código Notarial; ArtÃÂculo número 16 y 39 del Decreto
Número 36562-J Arancel de Honorarios por Servicios Profesionales de AbogacÃÂa y
N.; ArtÃÂculo número 39 y 42 del Decreto Número 39078-JP Arancel de
Honorarios por Servicios Profesionales de AbogacÃÂa y N. se RESUELVE:
a. SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO. Se ordena SOBRESEIMIENTO
DEFINITIVO porextinción de la acción penal por muerte del imputado
RUGGERO
ZATTIERO; b. ABSOLUTORIA DE LAS ENCARTADAS. En aplicación del
principio universal in dubio pro reo SE ABSUELVE DE TODA PENA Y...
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