Sentencia de Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Heredia Sede Heredia Materia Laboral, 29-10-2020
Número de sentencia | 330-02-2020 |
Fecha | 29 Octubre 2020 |
Número de expediente | 20-000616-0505-LA |
Emisor | Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Heredia Sede Heredia Materia Laboral (Costa Rica) |
Tipo de proceso | OR.S.PUB. EMPLEO PUBLICO |
*200006160505LA*
EXPEDIENTE:
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20-000616-0505-LA
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PROCESO:
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OR.S.PUB. EMPLEO PUBLICO
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ACTOR/A:
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[Nombre 001]
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DEMANDADO/A:
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MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA REPUBLICA DE COSTA RICA
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VOTO N° 330-02-2020
TRIBUNAL DE APELACIÓN CIVIL Y TRABAJO DE HEREDIA.
A las once horas treinta y cinco minutos del veintinueve de
octubre de dos mil veinte.-
Proceso
ordinario laboral establecido en el Juzgado de Trabajo de esta ciudad, bajo el número de expediente
20-000616-0505-LA, por [Nombre 001], [...], contra Ministerio de Educación Pública (el Estado),
representado por la
procuradora adjunta, Msc. Irene
Bolaños Salas. Interviene el licenciado C.C.M., en su condición de apoderado especial judicial de la
parte actora.
Redacta la jueza
C.V., y;
CONSIDERANDO
I.- Resumen de lo debatido:
La parte actora interpone demanda laboral con el fin de que se le paguen las
vacaciones no disfrutadas, por cuanto al momento en que las mismas fueron otorgadas por el Estado se encontraba con
licencia de maternidad. Pretende el cobro de perÃÂodo de vacaciones de medio perÃÂodo de dos mil trece y de cierre de
curso lectivo de dos mil diecinueve a dos mil veinte, con los respectivos intereses y costas. La representación Estatal se
opone a la demanda, considera que no tiene derecho la demandante a dicho reconocimiento, solicita se declare sin lugar
la demanda. Interpone la excepción de falta de derecho. El Juzgado de Trabajo de Mayor CuantÃÂa de esta ciudad
mediante sentencia de primera instancia número 01214-2020 dictada a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del
dieciséis de julio de dos mil veinte, resolvió:
"POR TANTO
Con fundamento en lo expuesto y citas legales mencionadas, se deniegan las excepciones de
prescripción y falta de derecho, SE DECLARA CON LUGAR
, la presente demanda ordinaria
laboral establecida por [Nombre 001] contra EL ESTADO (MINISTERIO DE EDUCACIÓN
PÚBLICA), y en ese tanto se obliga al Estado demandado a pagarle a la actora
a) 12 dÃÂas de vacaciones de julio de 2013, que se cuantifican en la suma de ¢257.675,16;
b)
18 dÃÂas de vacaciones del mes de diciembre de 2019, en la suma de ¢471.481,20;
c) 15 dÃÂas
de vacaciones de enero de 2020, que se cuantifican en la suma de ¢392.901,00. Sumando
todos los rubros otorgados, el monto total de la condenatoria equivale a la suma de
¢1.122.057,36, monto al que deberán...
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