Sentencia de Sala Primera de la Corte, 08-06-2021
Fecha | 08 Junio 2021 |
Emisor | Sala Primera de la Corte (Corte Suprema de Costa Rica) |
Exp. 21-000020-0004-CI
Res. 001017-E-S1-2021
SALA PRIMERA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. S.J.é, a las nueve horas diez minutos del ocho de junio de dos mil veintiuno.
Vista la solicitud de exequátur, establecida por el Licenciado H.C.S., en su condición de Apoderado Especial Judicial de la promovente ROSALÍA G.C..c..R..Í..A.L.C., tendiente al reconocimiento de una sentencia de cambio de apellido de G. a L., emitida por el Tribunal Superior del Condado de Glynn, Estado de Georgia, Circuito Judicial de Brunswick, Estados Unidos de América; y,
CONSIDERANDO
Único.- La parte gestionante lo que pretende es el reconocimiento de una sentencia de cambio de APELLIDO emitida por el Tribunal Superior del Condado de Glynn, Estado de Georgia, Cicuito Judicial de Brunswick, Estados Unidos de América; en la cual a solicutud de las parte interesada se realizó el cambio de apellido a ROSALÍA GORDON CAMACHO por ROSALÍA LARSON CAMACHO. Ante este panorama y en vista que es una solicitud de cambio de apellido, el ordenamiento jurídico costarricense aplicable es la Ley de Paternidad Responsable, perteneciente a la jurisdicción de Familia y no el artículo 54 del Código Civil que se refiere a la posibilidad que tiene un costarricense de cambiar su nombre. Por lo anterior, de conformidad con el artículo 55 inciso 6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el numeral 99.3 del Código Procesal Civil, le compete a la Sala Segunda conocer del auxilio internacional y del reconocimiento y eficacia de sentencias extranjeras en materia familia, así las cosas, esta Cámara se declara incompetente por tratarse de un asunto de familia y ordena remitir este expediente a la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia para que continúe con su tramitación.
POR TANTO
Se dispone remitir a la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia el presente asunto de exequatur para lo que corresponda. jorozcof
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Teléfonos: (506) 2295-3658 o 2295-3659, correo electrónico sala_primera@poder-judicial.go.cr