Sentencia de Tribunal Agrario, 18-12-2020

Fecha18 Diciembre 2020
Número de expediente20-000111-0391-AG
EmisorTribunal Agrario (Costa Rica)
Tipo de procesoMEDIDA CAUTELAR
*200001110391AG*

EXPEDIENTE:
20-000111-0391-AG - 0
PROCESO:
MEDIDA CAUTELAR
ACTOR/A:
[Nombre 001]
DEMANDADO/A:
REFORESTACIONES DE GUANACASTE SOCIEDAD ANÓNIMA
VOTO N° 1261-A-2020
TRIBUNAL AGRARIO. SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ.- A las once horas siete minutos del dieciocho de diciembre de dos mil veinte.-
ADICIÓN en MEDIDA CAUTELAR ANTICIPADA de [Nombre 001], [...]; e [Nombre 004], [...]; contra, REFORESTACIONES DE GUANACASTE SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres - ciento uno - ciento diez mil doscientos ochenta y siete, representada por su apoderada generalísima sin límite de suma, M.E.C., mayor empresaria, vecina de San José, con cédula de identidad cinco - ciento siete - novecientos setenta y siete. Actúa como apoderado especial judicial de la parte actora el licenciado J.G.A.L., colegiado veintidós mil cuatrocientos uno y como abogado representante de la demandada el licenciado J.P.L., colegiado doce mil sesenta y dos. Tramitado ante el Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz.
Redacta la jueza C.G.; y,
CONSIDERANDO
I.- La parte demandada presenta adición y aclaración del Voto número 1209-F-2020 de las dieciocho horas cincuenta y nueve minutos del tres de diciembre de dos mil veinte. Menciona en su memorial, se le impuso por esta Instancia cautelar de rendición de informes de egresos e ingresos semestrales, en virtud de la actividad ejercida de cultivo, mantenimiento y comercialización de la plantación de teca. Así como de vigilar en las fincas para la tutela efectiva de los árboles nativos existentes en los terrenos y la cobertura forestal de las áreas de protección de los cuerpos de agua; debiendo denunciar ante el SINAC o Fiscalía Ambiental de forma inmediata, aquellas situaciones de riesgo de daños o daños que se constaten en dichas zonas. Expone que en vista de lo particular que reviste la actividad de cultivo, mantenimiento y comercialización de madera tipo Teca, aunado a los hechos incorporados en el expediente judicial del presente asunto, solicita que a sus informes se le incorporen además los siguientes elementos: a) Que los informes semestrales que debe rendir la sociedad demandada, sobre egresos e ingresos, detallen la cantidad de arboles que se cortan y su respectiva georeferenciación. b) La totalidad de los contratos suscritos por REFORESTACIONES DE GUANACASTE S.A y su respectiva estimación económica. c) Prevenir que los árboles de teca que no estén en etapa de madurez deben mantenerse como parte integral de la plantación, de forma tal que no se afecte el plan de raleas definido por don [Nombre 001] a lo largo de 25 años. d) Prevenir que los ingresos obtenidos a partir de comercialización de la madera deben ser depositados en las cuentas bancarias de la compañía y que no se realice distribución de dinero a los socios o representantes. e) L. a los gastos propios y necesarios para el desarrollo de la actividad agraria. f) Advertir la prohibición legal que existe de cortar árboles de maderas protegidas. Lo anterior lo justifica en no hacer nugatoria la eventual satisfacción de las pretensiones del actor [Nombre 001] El voto que se solicita adicionar, se notificó a las partes a sus medios electrónicos señalados los días 7 y 8 de diciembre del 2020, según se observa en actas de notificación que constan en el expediente (expediente digital carpeta Tribunal Agrario/documentos/fechas 09/12/2020 09:05:56, 08/12/2020 08:46:06 y 08/12/2020 08:46:06) y la adición se peticiona en plazo (expediente digital/escritos/fecha 10/12/2020 12:36:35).
I...

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