Sentencia de Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Guanacaste Sede Liberia Materia Laboral, 30-08-2019

Fecha30 Agosto 2019
Número de expediente17-000050-0775-LA
EmisorTribunal de Apelación Civil y Trabajo Guanacaste Sede Liberia Materia Laboral (Costa Rica)
Tipo de procesoOR.S.PRI. PRESTAC. LABORALES
*170000500775LA*
EXPEDIENTE:
17-000050-0775-LA
PROCESO:
OR.S.PRI. PRESTAC. LABORALES
ACTOR/A:
[Nombre 001]
DEMANDADO/A:
EMPRESA CLOWNFISH LIMITADA

Voto N° 185-2019
TRIBUNAL DE APELACION CIVIL Y TRABAJO GUANACASTE (SEDE LIBERIA) (Materia Laboral), a las trece horas y treinta y ocho minutos del treinta de agosto del año dos mil diecinueve.-
PREAMBULO
PROCESO ORDINARIO LABORAL que se tramita ante el Juzgado de Trabajo de Santa Cruz con el número de expediente 17-000050-0775-la, establecido por [Nombre 001] en contra de Clownfish Limitada representada por S. Moris P. gerente de la sociedad con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de Suma de la sociedad y contra el señor S.M.P. a titulo personal, ambos de calidades y vecindarios en autos conocidos.
Redacta el J. Campos Esquivel
CONSIDERANDO
I.- El Juzgado de Santa Cruz mediante sentencia de primera instancia N° 177-2019 de las quince horas cincuenta y uno minutos del treinta y uno de mayo del dos mil diecinueve resolvió:
"POR TANTO:
Conforme a lo expuesto anteriormente, la aplicación de los artículos 33, 41, 74 y 76 de la Constitución Política, 18, 28, 29, 94, 94 bis, 95, 152, 156, 157, 477, 478, 562 Y 565 del Código de Trabajo. Se Declara parcialmente con lugar la presente demanda ordinaria laboral interpuesta por [Nombre 001] en contra de la sociedad Clownfish Limitada y S. Moris P.. Por lo que deben cancelar los demandados los siguientes extremos por concepto de salarios dejados de pagar desde el momento del despido hasta completar el octavo mes de embarazo OCHOCIENTOS DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO COLONES NETOS (¢802 858°°), por concepto de pre y post natal UN MILLÓN DOSCIENTOS OCHENTA MIL COLONES NETOS, respecto de los intereses se condena a la demandados al pago de intereses sobre el principal siendo que no se cuenta con la información exacta para realizar el cálculo de éstos por la forma en que la parte actora plantea ésta pretensión se conceden los mismos desde el momento en que cada extremo debió cancelarse y hasta la efectiva cancelación de los montos aquí aprobados, para lo que deberá la parte actora en la etapa de ejecución de sentencia liquidar los intereses que corresponden a cada monto otorgado con la fecha en que debieron ser cancelados y hasta la fecha de ejecución y además de nuevo liquidar los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR