Sentencia de Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Guanacaste Sede Liberia Materia Laboral, 30-08-2019
Fecha | 30 Agosto 2019 |
Número de expediente | 17-000050-0775-LA |
Emisor | Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Guanacaste Sede Liberia Materia Laboral (Costa Rica) |
Tipo de proceso | OR.S.PRI. PRESTAC. LABORALES |
*170000500775LA*
EXPEDIENTE:
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17-000050-0775-LA
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PROCESO:
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OR.S.PRI. PRESTAC. LABORALES
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ACTOR/A:
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[Nombre 001]
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DEMANDADO/A:
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EMPRESA CLOWNFISH LIMITADA
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Voto N°
185-2019
TRIBUNAL DE APELACION CIVIL Y TRABAJO GUANACASTE (SEDE
LIBERIA) (Materia Laboral), a las trece horas y treinta y ocho minutos del treinta de
agosto del año dos mil diecinueve.-
PREAMBULO
PROCESO ORDINARIO LABORAL
que se tramita ante el Juzgado de Trabajo
de Santa Cruz con el número de expediente
17-000050-0775-la, establecido por
[Nombre 001] en contra de
Clownfish Limitada representada por
S. Moris
P. gerente de la sociedad con facultades de Apoderado
GeneralÃÂsimo sin lÃÂmite de Suma de la sociedad y contra el señor
S.M.P. a
titulo personal, ambos de calidades y vecindarios en autos conocidos.
Redacta el J.
Campos Esquivel
CONSIDERANDO
I.- El Juzgado de Santa Cruz mediante sentencia de primera instancia N°
177-2019 de las quince horas cincuenta y uno minutos del treinta y uno de mayo del dos
mil diecinueve resolvió:
"POR TANTO:
Conforme a lo expuesto anteriormente, la aplicación de los artÃÂculos 33, 41, 74 y 76 de la
Constitución PolÃÂtica, 18, 28, 29, 94, 94 bis, 95, 152, 156, 157, 477, 478, 562 Y 565 del Código
de Trabajo. Se Declara parcialmente con lugar la presente demanda ordinaria laboral
interpuesta por [Nombre 001] en contra de la sociedad Clownfish Limitada y S. Moris
P.. Por lo que deben cancelar los demandados los siguientes extremos por
concepto de salarios dejados de pagar desde el momento del despido hasta completar el
octavo mes de embarazo OCHOCIENTOS DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO
COLONES NETOS (¢802 858°°), por concepto de pre y post natal
UN MILLÓN DOSCIENTOS
OCHENTA MIL COLONES NETOS, respecto de los intereses se condena a la demandados al
pago de intereses sobre el principal siendo que no se cuenta con la información exacta para
realizar el cálculo de éstos por la forma en que la parte actora plantea ésta pretensión se
conceden los mismos desde el momento en que cada extremo debió cancelarse y hasta la
efectiva cancelación de los montos aquàaprobados, para lo que deberá la parte actora en la
etapa de ejecución de sentencia liquidar los intereses que corresponden a cada monto otorgado
con la fecha en que debieron ser cancelados y hasta la fecha de ejecución y además de nuevo
liquidar los...
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