Sentencia de Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Zona Sur Sede Pérez Zeledón Materia Civil, 15-12-2020

Fecha15 Diciembre 2020
Número de expediente20-000130-0188-CI
EmisorTribunal de Apelación Civil y Trabajo Zona Sur Sede Pérez Zeledón Materia Civil (Costa Rica)
Tipo de procesoAPERTURA Y COMPROBACIÓN DE TESTAMENTO
*200001300188CI*
EXPEDIENTE:
20-000130-0188-CI - 0
PROCESO:
APERTURA Y COMPROBACIÓN DE TESTAMENTO
ACTOR/A:
[Nombre 001]
DEMANDADO/A:
[Nombre 001]
SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA Nº 362-2020
TRIBUNAL DE APELACIÓN CIVIL Y DE TRABAJO DE LA ZONA SUR (SEDE PÉREZ ZELEDÓN) (Materia Civil).- A las nueve horas treinta minutos del quince de diciembre de dos mil veinte.-
Recurso de apelación con nulidad concomitante, interpuesto por el apoderado especial judicial de la promovente, contra la resoluci ón dictada a las 14:44 horas del 21 de setiembre del 2020, dictada por el JUZGADO CIVIL Y TRABAJO DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE LA ZONA SUR (PÉREZ ZELEDÓN) (Materia Civil), dentro del proceso Sucesorio de [Nombre 014], quien fue [Valor 001], promueve [Nombre 001], conocida como [Nombre 001], [...], representada por el Lic. C.V.Q carné de profesional n°17088. Se integra éste Tribunal con las personas juzgadoras A.S.T., Karla Gabriela Montiel Chan y W.M.G., correspondiendo a ésta última la redacción de la resolución de Segunda Instancia.

CONSIDERANDOS:

I.- Mediante resolución dictada a las 14:44 horas del 21 de setiembre del 2020, dictada por el JUZGADO CIVIL Y TRABAJO DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE LA ZONA SUR (PÉREZ ZELEDÓN) (Materia Civil), resolvió:" (...) Publicado el edicto de ley en el Boletín Judicial número 173 del nueve de setiembre del dos mil veinte, sin oposiciones pendientes de resolver, conforme al artículo 127 del Código Procesal Civil, se procede a decidir la declaración de sucesores de la persona causante [Nombre 014], en los siguiente términos [Nombre 001] (conyuge), [Nombre 004] (hija), [Nombre 005] (hijo) y [Nombre 006] (hijo). Lo anterior se dispone sin perjuicio de terceros con igual o mejor derecho(...)". (SIC).
II.- AGRAVIOS DE LA PARTE RECURRENTE : Inconforme el apoderado especial judicial de la promovente con lo dispuesto por el Juzgado de Instancia en la resolución dictada a las 14:44 horas del 21 de setiembre del 2020, interpone recurso de apelación mediante escrito incorporado al expediente electrónico en fecha 28 de setiembre del 2020; alegando:
"(...) Primero: Que la resolución impugnada indicó: “Publicado el edicto de ley en el Boletín Judicial número 173 del nueve de setiembre del dos mil veinte, sin oposiciones pendientes de resolver, conforme...

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