Sentencia de Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Cartago Sede Cartago Materia Laboral, 18-06-2021
Número de expediente | 20-000405-1001-LA |
Fecha | 18 Junio 2021 |
Emisor | Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Cartago Sede Cartago Materia Laboral (Costa Rica) |
Tipo de proceso | OR.S.PRI. PRESTAC. LABORALES |
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EXPEDIENTE:
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20-000405-1001-LA
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PROCESO:
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OR.S.PRI. PRESTAC. LABORALES
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ACTOR/A:
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[Nombre 001]
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DEMANDADO/A:
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BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
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N° 2021000160
TRIBUNAL DE APELACIÓN CIVIL Y TRABAJO DE CARTAGO (SEDE CARTAGO) (Materia Laboral), a las diez horas cinco minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno.-
Proceso Ordinario Laboral, tramitado ante el Juzgado de Trabajo de esta ciudad, expediente 20-000405-1001-LA, interpuesto por
[Nombre 001], [...], contra BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL representado por su Apoderado General Judicial
licenciado G.M.A., mayor, casado, vecino de H., cédula 4-146-746. El actor litiga sin patrocinio
letrado.
R.e.J.A.S.; y,
CONSIDERANDO
 
I.- ANTECEDENTES. a) Demanda.
Solicita la parte actora de manera literal lo siguiente: "... 1- Se acoja esta, se le de curso, se
solicita que los demandados presenten el expediente administrativo que levantaron desde que comencé a reclamar mi capital social que
andaba en ese entonces de mi retiro inválido ¢900.000 mil 2- Se cancele el capital social ahorrado de mi salario rebajado por planilla del
Ministerio de Seguridad Pública cuando era asociado afiliado a coopemex del cual el banco dicho se hizo cargo compró los activos de
coopemex. 3- Se paguen intereses dejados de percibir y disfrutar mi capital he invertido en otras cosas que me devengarán beneficios. ¨Por
todo el tiempo en que negaron la devolución del capital social hace más de 10 años. Desde el año 2009 hasta fenecido pago. 4- Se pague la
indexación del monto global fenecido pago. 5- Se valore cancelar, el gran daño a la psiquiz (sic) que me hicieron por más de 10 años,
moral, sufrimiento, angustia, ansiedad, estrés etc u no poder disfrutar mi capital. Designación que el señor juez tiene la potestad legal y
conocimiento para hacerlo etc.â€
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