Sentencia de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Guanacaste, 27-04-2020
Fecha | 27 Abril 2020 |
Número de expediente | 17-000902-0573-PE |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Guanacaste (Costa Rica) |
*170009020573PE*
VOTO 159 - 20
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL
DE GUANACASTE
SEDE SANTA CRUZ. A las nueve horas treinta minutos de veintisiete de abril de dos mil
veinte.
Recurso de apelación
interpuesto en la presente causa número
17-000902-573-PE, seguida contra [Nombre 001], [...], por el delito de ABUSOS
SEXUALES CONTRA PERSONA MENOR EDAD, en su modalidad agravada, en
perjuicio de [Nombre 002]. Intervienen en la decisión del recurso la jueza Cynthia Dumani
Stradtmann y los jueces
R.O.S. y J.M.C.M.. Se apersonó en esta sede
el licenciado J.M.J.C., defensor particular del imputado [Nombre 001]
.
RESULTANDO
1.- Mediante sentencia n.°222-2019 de catorce horas quince minutos del seis de
noviembre de dos mil diecinueve, el Tribunal de Juicio del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste, sede Santa Cruz, resolvió: "POR TANTO:
De conformidad con lo
expuesto, artÃÂculos 39 y 41 de la Constitución PolÃÂtica, 8 de la Convención Americana
de Derechos Humanos, 1, 9, 141, 142, 180 a 184, 265, 360 a 361, 363 a 365, y 367 del
Código Procesal Penal, 1, 11, 22, 30, 31, 45, 50, 71, 76, y 161 incisos 1) y 2) del Código
Penal, por unanimidad de votos, se declara a [Nombre 001] autor responsable de dos
delitos de ABUSOS SEXUALES CONTRA PERSONA
MENOR DE EDAD en su modalidad agravada , cometido en perjuicio de [Nombre
002]., imponiéndosele por esos hechos la pena de
CUATRO AÑOS DE PRISIÓN para
cada
uno de los dos delitos, para un total de OCHO AÑOS DE PRISIÓN, que deberá
descontar en el lugar y forma que determinen los reglamentos penitenciarios
correspondientes a la orden de Adaptación Social. No se le otorga al condenado al
beneficio de ejecución condicional de la pena. En aplicación del principio universal de
in dubio pro reo, se absuelve al aquàimputado [Nombre 001]
de un delito de Abusos
Sexuales contra Persona Menor de Edad en su modalidad
agravada y de un delito de Violación
en perjuicio de [Nombre 002]
. Firme la sentencia
inscrÃÂbase la misma en Registro Judicial, remÃÂtanse los certificados correspondientes al
Instituto Nacional de CriminologÃÂa y al Juzgado de Ejecución de la Pena. Se ordena
como medidas cautelares contra el señor [Nombre 001]
, la obligación de mantener el
domicilio actualizado, el impedimento de salida del paÃÂs y
firmar una vez los dÃÂas primero de cada mes en este despacho iniciando a partir del
próximo mes,...
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