Sentencia de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José, 13-01-2021

Fecha13 Enero 2021
Número de expediente20-001162-0053-PE
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José
ACTA DE AUDIENCIA ORAL
20-001162-0053-PJ (05)- VOTO 2021-0008
Tribunal DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL, Segundo Circuito Judicial de San José. G., al ser las trece horas treinta minutos del trece de enero de dos mil veintiuno.
Dentro de este proceso penal, licenciado R.M.C., Defensor Público de los menores encartados, presenta recurso de apelación contra la resolución que declaró con lugar la solicitud de medida cautelar de internamiento provisional en Centro Especializado. En el presente proceso, dictada a las trece horas diecisiete minutos del veinte de diciembre de dos mil veinte, por el Juzgado Penal Juvenil de San José. Para llevar a cabo la audiencia oral programada, a fin de conocer el recurso de apelación interpuesto en la presente causa, se constituyó por enlace mediante la plataforma TEAMS, el Tribunal debidamente integrado el juez A.G.C. quien preside, el cojuez, G.A.J.M y la cojueza M.C.P.. Se encuentran presentes, el licenciado R.M.C., defensor Público de los jóvenes [Nombre 001] y [Nombre 002]. y en representación del Ministerio Público la licenciada Ingrid Guth Ruíz.
De previo, el J.A.G.C. el Tribunal constata la presencia de las partes, señala su integración y explica el contenido y dinámica de la audiencia.
Del recurso de apelación presentado se le concede la palabra al licenciado R.M.C. quien expresa sus argumentos y solicita que la resolución se declare eficaz y se le de la inmediata libertad a los jóvenes. (Más detalles en respaldo de audio y video). Se le traslada la palabra a la licenciada I.G.R., solicita se declare sin lugar el recurso de apelación. (Más detalles en respaldo de audio y video). El Tribunal le indica a los imputados su derecho de realizar alguna manifestación o por el contrario abstenerse, y los mismos deciden abstenerse.
Se cierra la audiencia al ser las catorce horas doce minutos del día de hoy y se les indica a las partes que se va a resolver de manera oral en aproximadamente quince minutos.
Reanudada la audiencia el Tribunal procede a resolver mediante la RESOLUCIÓN ORAL 2021-0008 de las catorce horas treinta minutos del trece de enero del dos mil veintiuno. Fundamenta el Juez de Apelación A.G.C. de la siguiente manera: " Como considerando único el Tribunal ha procedido a analizar la resolución emitida por el Juzgado Penal Juvenil de San José, esto en el caso del juez D.S. que se observa a partir del folio 15 del legajo de medidas cautelares. El Tribunal contrario a lo que señala la defensa en una primera arista que debe resolverse y es en una manera escalonada y ordenada para determinar si una medida cautelar está debidamente fundamentada es en el grado de probabilidad, si partimos de lo que dispone el estado de inocencia conocido también como principio de inocencia necesariamente para restringir la libertad de cualquier persona sea incluso con una medida cautelar de internamiento tiene que haber al menos la posibilidad que hayan participado en un hecho delictivo, sino este estado de inocencia pues viene a impedir que en esos supuestos la persona se vea restringida, como indiqué contrario a lo que señala el licenciado M.C. que fue de manera amplia, detallada y echando mano a cada uno de los elementos de prueba que constan en el expediente, hasta el momento en que él realizó la audiencia logra derivar establecer de manera conforme de las reglas de la lógica por qué existe al menos la probabilidad de que ambas personas menores de edad hayan participado, acá no se comparte lo que dice la defensa el juez D. sí señala puntualmente y además una técnica que tal vez no es la correcta pero después de copiar el contenido de toda la prueba él sí la analiza y dice por qué a partir de ello existe la probabilidad de vinculante, señalando cada uno de los argumentos y llama la atención que incluso una de las personas detenidas sufrió una lesión que...

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