Sentencia de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José, 18-11-2021

Número de expediente09-011949-0042-PE
Fecha18 Noviembre 2021
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Resolución: 2021-1778 BIS
Expediente: 09-011949-0042-PE (12)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL . Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las trece horas veinte minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veintiuno.
RECURSOS DE APELACIÓN interpuestos en la presente causa seguida contra [Nombre 001], quien es [...]; por el delito de HOMICIDIO CULPOSO en perjuicio de [Nombre 002]. Intervienen en la decisión de los recursos el juez Edwin Esteban Jiménez González, las juezas R.M.A.N. y L.G.M.M.. Se apersonó en esta sede la Licenciada L.G.A.G., en representación del Ministerio Público, Fiscalía Adjunta de Desamparados.
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número 146-2021, de las once horas con treinta minutos del quince de junio de dos mil veintiuno, el Tribunal Penal de Desamparados, resolvió: "POR TANTO: De conformidad con todo lo expuesto, artículos 39 y 41 de la Constitución Política, artículos 8 y 9 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos artículos 1, 2, 11, 18, 30, 45, 50, 51, 59 al 63, 71, 103 inciso 2), 106, 109 y 117 del Código Penal, artículos 122 inciso 2) y 3), 124, 125, 126, 137 inciso 6) y 138 de las Reglas Vigentes Sobre Responsabilidad Civil del Código Penal de 1941, artículos 1, 2 3, 4, 5, 6, 11, 12, 13, 37 al 41, 70, 71, 75 a 83, 111 al 124, 142, 143, 180 al 184, 265 al 270, 308, 360 a 368, 483 al 484 y 488 del Código Procesal Penal, artículos 632, 704 876 inciso 2), 878, 879 y 1045 del Código Civil, artículos 1, 2, 3, 4, 7, 8, 9, 10, 111 190, 191, 194, 196 al 198, y 201 de la Ley General de la Administración Pública, y artículos 1, 3, 4, 16, 39 y 42 del Decreto Ejecutivo número 36562-JP vigente para el momento de interposición de la acción civil resarcitoria (Arancel de Honorarios por Servicios Profesionales de Abogacía y Notariado), se declara a [Nombre 001] autor responsable de un delito de homicidio culposo cometido en perjuicio de [Nombre 002], imponiéndole en tal carácter la pena de tres años de prisión , la cual deberá descontar en el centro carcelario que determinen las normas y reglamentos de Adaptación Social. De conformidad con lo establecido en los artículos 59 al 63 del Código Penal se concede al imputado [Nombre 001] el beneficio de ejecución condicional de la pena por el plazo de tres años, contados a partir de la firmeza de la sentencia. Se...

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