Sentencia de Tribunal de Apelación de Trabajo del I Circuito Judicial de San José, 30-11-2022
Fecha | 30 Noviembre 2022 |
Número de expediente | 19-002472-1178-LA |
Emisor | Tribunal de Apelación de Trabajo del I Circuito Judicial de San José |
Tipo de proceso | OR.S.PRI. PRESTAC. LABORALES |
*190024721178LA*
EXPEDIENTE:
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19-002472-1178-LA
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PROCESO:
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OR.S.PRI. PRESTAC. LABORALES
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ACTOR/A:
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[Nombre 001]
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DEMANDADO/A:
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LABURNA SOCIEDAD ANONIMA Y OTRO
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SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA No.001336-2022
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE TRABAJO DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, SECCIÓN PRIMERA,
a las ocho
horas diez minutos del treinta de noviembre de dos mil veintidós.-
PROCESO ORDINARIO LABORAL interpuesto por
[Nombre 001],
[...]; contra
L.A.P.P., cédula de
identidad número 107600152 y contra; LABURNA SOCIEDAD ANÓNIMA,
cédula jurÃÂdica número 3-101-022.000. Intervino como
Abogado de Asistencia Social en favor de los intereses de la persona trabajadora, el Licenciado E.S.V., carné profesional de
abogado número 25.996. Además intervino como Apoderado Especial Judicial de los accionados, el Licenciado Guillermo Bonilla
Vindas, carné profesional de abogado número 4.416.-
Redacta la Jueza, R.C.; y,
PARTE CONSIDERATIVA:
PRIMERO: RESUMEN DE LAS PRETENSIONES Y LAS EXCEPCIONES DEBATIDAS EN EL PROCESO. A) - Con base
en la relación de hechos y fundamentos de derechos indicados en la demanda presentada a estrados judiciales en fecha el 12 de noviembre
del 2019, el actor solicita: "1. Que se declare con lugar la presente demanda en todos sus extremos. / 2. El diferencia del pago de mi
liquidación laboral (cesantÃÂa, vacaciones y aguinaldo) / 3. El pago de la jornada extraordinaria laborada de forma habitual de acuerdo con
los horarios descritos en los hechos de la demanda, de conformidad con los lÃÂmites legales para las jornadas correspondientes. / 4. El
pago de las diferencias que resulten en el aguinaldo y vacaciones pagadas durante toda la relación laboral, tomando en consideración para
su cálculo la jornada extraordinaria que se me conceda en sentencia. / 5. Los intereses desde la exigibilidad de cada una de las sumas
otorgadas en esta sentencia y hasta su efectivo pago. / 6. La indexación de las sumas otorgadas en esta sentencia. / 7. Las costas
personales y procesales en el extremo mayor que permita la ley laboral. / 8. El reajuste de todas las cuotas debidas a la Caja Costarricense
del Seguro Social, al Fondo de Capitalización Laboral y el Régimen Complementario de Pensiones, de las diferencias que se generen en
los montos que se hubieren reportado, tomando en consideración para su cálculo la jornada extraordinaria que se me conceda en
sentencia." (Ver demanda incorporada al expediente electrónico en fecha 12/11/2019).-
B).- Encontrándose debidamente notificados los
codemandados, contestaron la acción de forma negativa, en los términos de los escritos ingresados al expediente electrónico en fecha 29 de
junio del 2020, oponiendo las excepciones de fondo de Falta de Derecho, Falta de Legitimación Activa y Pasiva; asàcomo la Previa de
Prescripción (Ver contestaciones de demanda incorporadas al expediente electrónico en fecha 29/06/2020).-
SEGUNDO: RESOLUCIÓN IMPUGNADA:
El Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera
mediante sentencia No. 2022001356 de las...
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