Sentencia de Tribunal Contencioso Administrativo, 19-12-2019
Fecha | 19 Diciembre 2019 |
Número de expediente | EXP: |
Emisor | Tribunal Contencioso Administrativo (Costa Rica) |
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EXPEDIENTE 18-005476-1027-CA
EJECUCIÓN DE SENTENCIA
ACTOR:[Nombre 001]
DEMANDADO: Estado
1875-2019
TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE HACIENDA. SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL
DE SAN JOSÉ. G., a las nueve horas treinta minutos del diecinueve diciembre del dos mil
diecinueve.-
Proceso de Ejecución de Sentencia promovido por
[Nombre 001], mayor, pensionada, cédula de identidad
número [Valor 001], actúa como abogado del ejecutante el Licenciado S.E.C., carnet
profesional 12899; contra el Estado, representado por la procuradora Berta Eugenia MarÃÂn
González.
CONSIDERANDO
I.-Argumentos del Ejecutante. Realiza como pretensión: 1) con lugar el proceso de ejecución de
sentencia, 2) que se obligue al accionado a cancelar a favor del actor la suma de quinientos mil colones por
daño moral, 3) Se condene al Estado al pago de costas del amparo y la ejecución de sentencia en
trescientos mil colones. Argumenta el ejecutante que el acto omisivo se refiere a la falta de respuesta en
las solicitudes de revalorización y actualización del monto de pensión, indica que se debe ejecutar y obligar
al accionado a notificar la respuesta de las solicitudes. El daño moral subjetivo se refiere a la inactividad e
inercia de la administración, es adulta mayor y depende de su pensión, tiene necesidad de recibir pagos
actualizados para hacer frente a la realidad económica existente, los reclamos le produjeron molestia, ira
enojo, además indica que al recurrir a estrados judiciales para obtener el cese de la conducta omisiva por
parte del accionado le genero sentimientos de angustia, zozobra y desesperación.
II.- Argumentos del Estado. Contesta negativamente la demanda. Sobre el daño moral los argumentos
que fundamentan la petición de la actora, no permiten establecer en este caso concreto, la existencia de un
nexo causal entre la conducta condenada por el Tribunal Procesal Contencioso Administrativo y los daños
supuestamente ocasionados. Tal y como lo indicamos al mencionar la resolución que aquàse ejecuta, el
Tribunal Procesal Contencioso Administrativo condena a la Administración por no haber contestado las
gestiones administrativas presentadas por la actora. Sin embargo, esta circunstancia no puede llevarnos a
la conclusión de que las gestiones presentadas tenÃÂan que ser contestadas por la Administración en forma
positiva, pues ello evidentemente no fue objeto de...
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