Sentencia de Tribunal de Familia, 01-11-2021
Número de expediente | 21-001447-0338-FA |
Fecha | 01 Noviembre 2021 |
Emisor | Tribunal de Familia (Costa Rica) |
Tipo de proceso | DECLARATORIA JUDICIAL DE ABANDONO |
*210014470338FA*
EXPEDIENTE:
|
21-001447-0338-FA INTERNO 813-21-3(EV)
|
PROCESO:
|
DECLARATORIA JUDICIAL DE ABANDONO
|
ACTOR/A:
|
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
|
DEMANDADO/A:
|
[Nombre 001]
|
VOTO NÚMERO 908-2021
TRIBUNAL DE FAMILIA. S.J., a las quince horas dos minutos del uno de noviembre de dos mil veintiuno.-
Proceso
DECLARATORIA JUDICIAL ABANDONO, establecido por
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA,
representado por el licenciado R.J.A.
, mayor, divorciado, abogado, portador de la cédula de identidad número
tres-trescientos quince-trescientos treinta y dos y vecino de Cartago contra [Nombre 001], [...] y [Nombre 003], [...]. Conoce este
Tribunal del presente proceso en virtud
del recurso de apelación interpuesto por el Patronato Nacional de la Infancia
contra la resolución dictada por el Juzgado de Familia
de Cartago al ser las catorce horas veintiuno minutos del dos de junio de dos mil veintiuno.
Redacta la J.F.A.; y,
CONSIDERANDO:
I.- El representante legal del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Cartago, impugna la resolución de las catorce horas
veintiún minutos del dos de junio del año dos mil veintiuno dictada por Juzgado de Familia de Cartago, en la cual se declara
incompetente y remite el expediente al Juzgado de T., toda vez que la persona menor de edad se encuentra residiendo en el
Albergue Transitorio de T..
II.- La competencia puede ser definida como la legitimación jurÃÂdica que posee la persona-órgano judicial para ejercer la función
jurisdiccional; o sea, para conocer y resolver un caso concreto. Se trata, además, de una cuestión tÃÂpicamente reservada a la Ley. Asàlo
dispone el ordinal 166 de la Constitución PolÃÂtica
, a cuyo tenor “En cuanto a lo que no esté previsto por esta Constitución, la ley
señalará la jurisdicción, el número y la duración de los tribunales, asàcomo sus atribuciones, los principios a los cuales deben ajustar
sus actos y la manera de exigirles responsabilidad.â€
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba