Sentencia de Tribunal de Familia, 02-11-2021
Número de expediente | 19-000330-0688-FA |
Fecha | 02 Noviembre 2021 |
Emisor | Tribunal de Familia (Costa Rica) |
Tipo de proceso | REC. UNIÓN DE HECHO |
*190003300688FA*
EXPEDIENTE:
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19-000330-0688-FA - 1 INTERNO 625-21-1(EV)
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PROCESO:
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REC. UNIÓN DE HECHO
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ACTOR/A:
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[Nombre 001]
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DEMANDADO/A:
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[Nombre 004]
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VOTO NÚMERO 915-2021
TRIBUNAL DE FAMILIA. S.J., a las nueve horas cero minutos del dos de noviembre de dos mil veintiuno.-
PROCESO REC. UNIÓN DE HECHO de
[Nombre 001],
[...]; contra [Nombre 004]
, [...]
. Interviene el Patronato Nacional de la
Infancia. Conoce este Tribunal del Recurso de Apelación establecido por el señor
[Nombre 004] contra de la sentencia número
2020-000675 de las veintidós horas cincuenta y tres minutos del dieciocho de
diciembre de dos mil veinte, dictada por el Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del III Circuito Judicial de Alajuela (Materia
Familia) (ver resolución y escrito en el expediente electrónico). En esta ocasión el Tribunal está integrado por las Juezas Shirley VÃÂquez
Vargas, Y.C.C. y el J.M.C.J..-
CONSIDERANDO
Único: El artÃÂculo 430 del Código Procesal Civil de 1989 de aplicación en materia de Familia por disposición de la Ley 9621, del
primero de octubre de 2018, establece que el plazo para recurrir las sentencias de los procesos abreviados es de tres dÃÂas posteriores a la
notificación de todas las partes. Mediante memorial incorporado al expediente electrónico, por el señor
[Nombre 004], éste formula
recurso de apelación contra la sentencia número 2020-000675 de las veintidós horas cincuenta y tres minutos del dieciocho
de diciembre de dos mil veinte, dictada por el Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del III Circuito Judicial de Alajuela (Materia
Familia). Según consta en actas visibles dentro del expediente digital, dicha sentencia fue notificada a la parte actora y a la parte
demandada el dÃÂa diecinueve de diciembre de dos mil veinte, por lo que el plazo para recurrir venció el dÃÂa siete de enero de dos mil
veintiuno, tomando en consideración que el dieciocho de diciembre fue el último dÃÂa antes del cierre colectivo de Tribunales y el cuatro
de enero se retomaban labores por lo que ese dÃÂa se tuvo por notificadas a las partes, iniciando los tres dÃÂas de plazo del cinco al siete de
enero de los corrientes, el recurso de apelación fue presentado de manera extemporánea el dÃÂa once de
enero de dos mil veintiuno (ver
expediente electrónico). Por lo que de...
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