Sentencia de Tribunal de Familia, 10-10-2019
Fecha | 10 Octubre 2019 |
Número de expediente | 09-001477-0186-FA |
Emisor | Tribunal de Familia (Costa Rica) |
Tipo de proceso | SEPARACIÓN JUDICIAL |
*090014770186FA*
EXPEDIENTE:
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09-001477-0186-FA - 6 NUMERO 699-19-3
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PROCESO:
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SEPARACIÓN JUDICIAL
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ACTOR/A:
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[Nombre 001]
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DEMANDADO/A:
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[Nombre 002]
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VOTO NÚMERO 860-2019
TRIBUNAL DE FAMILIA
. S.J., a las
once horas y cuatro minutos del diez de octubre de dos mil
diecinueve.-
Proceso EJECUCIÓN SENTENCIA
establecido por [Nombre 001]
, [...]
contra [Nombre 002]
, [...]
.Como apoderado
generalÃÂsimo figura S.A..-
RESULTANDO
1.-
La demanda es para que en sentencia se cuantifique el importe del derecho a gananciales obtenido por la
señora [Nombre 001] en bienes del señor
[Nombre 002]
.-
2.-
El demandado representado por su curadora procesal, contestó negativamente y presentó excepción de
prescripción de intereses.-
3.- La licenciada
V.A.I.
, Jueza del Juzgado Primero de Familia, por sentencia de las
quince
horas y veintiocho minutos del doce de diciembre de dos mil dieciocho, resolvió: "POR TANTO
: Razones expuestas
normativa citada FALLO: se deniega la excepción de PRESCRIPCIÓN. Con lugar la ejecución de fallo de
[Nombre 001]
CONTRA [Nombre 002]. Se declara que el citado señor le debe a
[Nombre 001]:
CINCUENTA Y OCHO MILLONES
CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE COLONES a titulo
de gananciales y NUEVE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO
COLONES DE COSTAS QUE SE GIRARAN A DOÑA
[Nombre 001] LA PARTE.de Fincas matriculas del Partido de
Guanacaste todas. La 159601-000 ubicada en Guanacaste, canton Bagaces Distrito Tercero Mogote linda al norte con calle
pública, al
sur con R.B. al Este con [Nombre 011] y al oeste con [Nombre 002].Mide trescientos metros con seis decÃÂmetros
cuadrados. La 159602-000 linda al norte con calle publica con frene de diez metros al sur con Rio
Blanco, al este y oeste con [Nombre 002] idéntica medida que la anterior y misma ubicación en Guanacaste Bagaces
Mogote. La [Valor 002] mide trescientos seis metros con seis decÃÂmetros cuadrados y linda al norte con calle publica al sur
con R.B. este y oeste con [Nombre 002]. La [Valor 003] se ubica en Guanacaste Bagaces Mogote mide igual que las
anteriores y linda al norte con calle publica al sur con rio blanco este y oeste con [Nombre 002]. La [Valor 001] con la
misma ubicación geográfica y medidas linda al norte con C.P. al sur con rio B. al este y oeste con
[Nombre
002] y por último la [Valor 004]
mide trescientos seis metros con diez decÃÂmetros, igual que todas las demás, misma
ubicación y linda al norte con Calle Publica Sur Rio Blanco este y oeste
[Nombre 002] Libre de gravámenes todas y con la base de seis millones ciento veintiocho mil setecientos veinticinco
colones con cincuenta céntimos, cada finca pues valen todas lo mismo. Este remate se llevara a cabo a las EL
PRIMERO LAS NUEVE HORAS DEL QUINCE DE JULIO DE DOS MIL DIECINUEVE EL SEGUNDO A LAS NUEVE HORAS
DEL PRIMERO DE AGOSTO DE DOS MIL DIECINUEVE Y EL TERCERO A LAS NUEVE HORAS DEL CATORCE DE
AGOSTO DE DOS MIL DIECINUEVE SIEMPRE EN LA PUERTA EXTERIOR DE ESTE JUZGADO. Dentro del octavo dÃÂa se
le previene a la parte actora, aportar certificaciones actualizadas de estas fincas pudiéndose variar las disposiciones en
torno al remate de acuerdo a la información que esta actualización revele. A. embargo de las acciones de
[Nombre
002] en el registro de accionistas de Inversiones
[Nombre 005] S.A en dos anotaciones distintas. la de esta ejecución de
sentencia hasta por CINCUENTA Y OCHO MILLONES CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y
SIETE COLONES y la del embargo que ordena el Juzgado de Pensiones Alimentarias de este circuito hasta por TREINTA Y
OCHO MILLONES SETECIENTOS TREINTA MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE COLONES. Las costas personas y
procesales de la ejecución son a cargo del demandado. A. lo relativo a la medida cautelar.Adjudicados los bienes se
girarán sus honorarios a la curadora Las costas personales y procesales de este asunto recaen en el demandado
."
4.- Conoce este Tribunal del presente proceso en virtud del recurso de apelación interpuesto por la actora contra
la referida sentencia. Esta sentencia se dicta dentro del plazo de Ley.
Redacta la J.V.V.; y,
CONSIDERANDO
I. RESUMEN DE AGRAVIOS.
El apoderado especial judicial de la ejecutante, L.. J.S.C., interpone recurso de apelación
contra la sentencia dictada a las quince horas veintiocho minutos del doce de diciembre de dos mil dieciocho. En resumen
los agravios son los siguientes: existe un error material que se ha venido acumulando desde la sentencia de primera
instancia 1621-2010 donde se determinó que la...
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