Sentencia de Tribunal de Familia, 16-02-2023

Fecha16 Febrero 2023
Número de expediente21-000198-0187-FA
EmisorTribunal de Familia (Costa Rica)
Tipo de procesoSUMARIOS
*210001980187FA*
EXPEDIENTE:
21-000198-0187-FA - 0 INTERNO 805-22(1) EV
PROCESO:
SUMARIOS
ACTOR/A:
[Nombre 001]
DEMANDADO/A:
[Nombre 002]
VOTO NÚMERO 0110-2023
TRIBUNAL DE FAMILIA. S.J., a las trece horas cincuenta y siete minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintitrés.-
PROCESO SUMARIO , establecido por [Nombre 001] , [...]; contra [Nombre 002], [...] . Conoce este Tribunal de la resolución dictada a las siete horas veintiuno minutos del catorce de julio de dos mil veintidós, por el Juzgado Segundo de Familia de S.J. (visible en el expediente electrónico), y;
CONSIDERANDO:
PRIMERO: El el Juzgado Segundo de Familia de S.J. mediante auto de las siete horas veintiuno minutos del catorce de julio de dos mil veintidós, dictó como medida provisional a efectos de que la persona menor de edad de interés en el proceso pueda compartir con el progenitor estableciendo un régimen supervisado a efectuarse en este circuito judicial, el actor se alza en contra de esa resolución por medio de recurso planteado el día 14/07/2022 a las 13:54 de acuerdo al expediente virtual, solicitando se realice el régimen supervisado con una psicóloga privada y en un ambiente común.
SEGUNDO: Mediante acuerdo de las partes, homologado en sentencia N° 2022000918 de las doce horas treinta y seis minutos del cinco de agosto de dos mil veintidós, se estableció: "2) Lo relativo a la INTERRELACIÓN FAMILIAR,las partes acuerdan lo siguiente: i) Interrelación Ordinaria: El señor [Nombre 001] , compartirá con su hijo [Nombre 003] , cada quince días. Iniciando los días sábados a las nueve de la mañana hasta las cinco de la tarde, igual forma se desarrollará los días domingos. En los primeros tres meses, el niño será acompañado por [Nombre 006], para que inicie una vinculación cercana con el progenitor, quien además honrará los honorarios de la cuidadora [Nombre 006] , por el acompañamiento de ambos días, de conformidad con el salariobase que disfruta una profesional en enfermería. Este régimen iniciará los días 20 y 21 de agosto actual. El punto de encuentro entre padre e hijo, será acordado entre los progenitores previamente. ii) Cumpleaños de la persona menor de edad y progenitores: En el cumpleaños de niño [Nombre 003] , ambos progenitores compartirán con él de manera igualitaria, coordinando entre ellos el horario. En los años pares, el niño compartirá con su madre en el cumpleaños de ella (20 de setiembre). En los años impares [Nombre 003] compartirá con su padre en el cumpleaños de él (22 de setiembre). iii) Navidad y Fin de año. En los años pares, el infante [Nombre 003] compartirá con su madre desde el 16 de diciembre al 16 de enero. En los años impares, [Nombre 003] se vinculará con su progenitor en el mismo período del 16 de diciembre al 16 de enero, previa coordinación con la madre...

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