Sentencia de Tribunal Segundo de Apelación Civil de San José Sección Segunda, 18-08-2022

Fecha18 Agosto 2022
Número de expediente21-000143-0182-CI
Tipo de procesoSUCESORIO
*210001430182CI*
EXPEDIENTE:
21-000143-0182-CI (n° interno 142-22-2)
PROCESO:
SUCESORIO
CAUSANTE:
[Nombre 001]
PROMOVENTE:
[Nombre 002]
VOTO Nº 535
TRIBUNAL SEGUNDO DE APELACIÓN CIVIL, SECCIÓN SEGUNDA. S.J., a las once horas doce minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintidós.
Proceso SUCESORIO DE [Nombre 001] c.c [Nombre 003] , establecido en el JUZGADO TERCERO CIVIL DE SAN JOSÉ, expediente número 21-000143-0182-CI. Interviene [Nombre 002] en su calidad de promovente. Este Tribunal conoce la apelación interpuesta por la promovente contra la resolución de las diez horas cincuenta y cuatro minutos del diecisiete de mayo de dos mil veintidós, en cuanto se declaró inadmisible la presente solicitud de apertura del proceso sucesorio y ordenó el archivo del expediente.-
REDACTA el J.....B.A.; en su condición de órgano unipersonal; y,
CONSIDERANDO:
I. La señora [Nombre 002], solicitó en fecha 12 de febrero de 2021 la apertura de la sucesión de su tía, la señora [Nombre 001], quien habría fallecido el 31 de marzo de 2009 en Estados Unidos de Norteamérica. Una vez definida la competencia nacional por medio de la resolución 2021-002022 de la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, el Juzgado Tercero Civil de S.J., previno distintas correcciones a la solicitud de apertura por medio de los autos de las once horas once minutos del 18 de abril, doce horas cuarenta minutos del 21 de abril y de las ocho horas cuarenta y dos minutos del 27 de abril, todas de 2022. En estas dos últimas, por su orden respectivo requirió “… demostrar mediante documento idóneo que la causante no tiene hijos registrados en Estados Unidos y aquí en Costa Rica, en caso de existir alguno deberá de indicar nombre, calidades y dirección para notificar …â€

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