¿La sentencia contra Uber beneficia a todos los choferes?

El Juzgado de Trabajo de Desamparados condenó a la empresa Uber a pagar cargas sociales y derechos laborales a un exconductor, de apellido Morales, por el tiempo que él brindó servicios de transporte con esa compañía, entre febrero de 2017 y diciembre de 2022.La jueza Carolina Fallas Sánchez dictó la condenatoria, mediante sentencia 2023000212, al concluir que sí existió una relación laboral entre Morales y la firma.A continuación, preguntas y respuestas básicas relacionadas con la resolución judicial.¿Qué reclamó el exchofer?En su demanda, Morales exigía el pago de vacaciones, aguinaldos, días feriados, horas extra, así como cargas sociales correspondientes al periodo que laboró como conductor de Uber.¿Qué resolvió la jueza?Uber deberá pagar ¢802.300 por concepto de vacaciones, por todo el tiempo de relación laboral, y ¢1,7 millones por aguinaldos, también correspondientes a ese periodo. Se deben sumar los intereses que corran "desde la exigibilidad" hasta la fecha en que se paguen.Asimismo, deberán pagar lo correspondiente a los aportes al Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte, de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), al Fondo de Capitalización Laboral (FCL), Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROPC) y Riesgos del Trabajo.La jueza rechazó el reclamo de horas extras, días feriados, días libres y daño moral. Las empresas, además, deben pagar las costas personales y del proceso.¿A partir de esta sentencia, tendría que pagar Uber derechos laborales a otros choferes?No. Esta resolución solo se aplica para el caso del exconductor que presentó la demanda. Sin embargo, en criterio del abogado David Delgado, quien representó a Morales, el fallo es un precedente legal muy importante para que se regule adecuadamente las plataformas electrónicas de transporte.¿Este sentencia es definitiva o podría ser apelada?El fallo no está en firme aún. Los fallos judiciales pueden tener tres instancias: juzgado, tribunal y sala de casación.Como se trata de un fallo del juzgado (primera instancia), podría ser apelado ante el Tribunal de Trabajo y, en caso de ser así, lo que resuelva el Tribunal también podría ser objetado en la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, que es la que conoce la materia laboral.A partir de la notificación del fallo, la empresa tiene un plazo específico para apelar, de lo contrario quedaría firme.¿Por qué la jueza ordenó a Uber pagar derechos laborales?Porque en su criterio, existen los elementos para...

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