Resolución

Fecha de publicación01 Noviembre 2022
Número de registroIN2022685474
EmisorCONSEJO NACIONAL DE RECTORES

SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN

DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR

REGLAMENTO DE PRESUPUESTO DEL SINAES

Y SU VINCULACIÓN CON LA PLANIFICACIÓN

OPERATIVA ANUAL

Considerando que:

1°—Que la Ley 8256, del 17 de mayo del 2002, reconoce el Sistema Nacional de Acreditación de la Educación Superior (SINAES), como órgano adscrito al Consejo Nacional de Rectores, con personería jurídica instrumental propio para la consecución de sus fines. Asimismo, la Ley 8798 del 16 de abril de 2010, fortaleció su financiamiento al disponerle de nuevas fuentes de recursos.

2°—Que mediante el oficio C-307-2017 del 15 de diciembre del 2017, la Procuraduría General de la República señaló que el SINAES cuenta con personería jurídica instrumental, que le confiere grado máximo de desconcentración del CONARE, razón por la que está en plena capacidad legal para asumir la administración presupuestaria de los recursos que le son transferidos por el Gobierno de la República en ejecución del artículo 3 de la Ley 8798 y de otros recursos que puede recibir con fundamento en lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 8256. Como resultado de lo anterior, el SINAES administrará su presupuesto en forma independiente del CONARE, a partir del período 2019.

3°—Que el Consejo Nacional de Acreditación del SINAES, por acuerdo del artículo 7 de la sesión ordinaria 1259-2018, celebrada el 18 de setiembre del 2018, aprobó el Plan Anual Operativo y Presupuesto Ordinario del Sistema Nacional de Acreditación de la Educación Superior (SINAES), para el año 2019, el cual fue presentado para conocimiento de la Contraloría General de la República por medio de oficio SINAES-426-2018 del 27 de septiembre del 2018.

4°—Que como parte del Sistema de Administración Financiera del SINAES, es necesario regular los procesos internos del Subsistema de Presupuesto y su vinculación con la planificación institucional.

5°—Que el funcionamiento del citado Subsistema requiere de un instrumento de carácter normativo, ajustado a la realidad del SINAES y a la normativa vigente, para ordenar la ejecución de sus fases y su vínculo con el plan operativo anual de la institución, bajo reglas claras de funcionamiento y control. Que dicho instrumento es fundamental para su gestión, y además cumplir con lo dispuesto en las Normas Técnicas sobre Presupuesto Público (N-1-2012-DC-DFOE), emitidas por la Contraloría General de la República por medio de la Resolución R-DC-24-2012 del veintiséis de marzo de dos mil doce.

6°—Que por disposición del artículo 12 de la Ley 8256, es atribución del Consejo Nacional de Acreditación -máximo jerarca-, el elaborar y aprobar los reglamentos y la normativa en general que le rige al SINAES.

Se Acuerda

Aprobar el Reglamento de Presupuesto del SINAES mediante sesión celebrada el 08 de febrero de 2019, acta 1293-2019, y su reforma del artículo 19 mediante, sesión celebrada el 05 de agosto de 2022, acta 1606-2022, de la siguiente manera:

REGLAMENTO DE PRESUPUESTO DEL SINAES

Y SU VINCULACIÓN CON LA PLANIFICACIÓN

OPERATIVA ANUAL

CAPÍTULO I

Disposiciones Generales

Artículo 1°—Objetivo. El presente Reglamento tiene como objetivo normar los principales aspectos relacionados con la formulación, aprobación ejecución, control y evaluación del Plan anual Operativo (PAO) y el Presupuesto institucional del Sistema Nacional de Acreditación de la Educación Superior (SINAES).

Artículo 2°—Definiciones Básicas utilizadas en esta Normativa. Para la aplicación del presente Reglamento se utilizarán las siguientes definiciones:

Asignación presupuestaria: Valor monetario de los ingresos y gastos incluidos en el presupuesto del SINAES, según los clasificadores vigentes y para cada uno de los niveles de los programas del presupuesto.

Bloque de legalidad: Conjunto de normas jurídicas, escritas y no escritas, a cuya observancia se encuentra obligado el SINAES, el cual comprende tanto la ley como las normas de rango superior, igual o inferior a ésta, incluidos los principios generales y las reglas de la ciencia y la técnica.

Categorías programáticas: Representan el conjunto de acciones que requerirán autorización de recursos y que configuran finalmente la estructura del presupuesto.

Contabilidad presupuestaria: Es el registro detallado de las asignaciones presupuestarias de ingresos y gastos, debidamente aprobados por las instancias competentes, así como el registro de las operaciones producto de su ejecución.

Documento presupuestario: Corresponde a la referencia de los conceptos de presupuesto inicial, y sus variaciones (presupuesto extraordinario y de modificación presupuestaria).

Eficacia: Logro de los resultados de manera oportuna, en directa relación con los objetivos y metas.

Eficiencia: Aplicación más conveniente de los recursos asignados para maximizar los resultados obtenidos o esperados.

Encargado de Presupuesto: Funcionario de la División de Apoyo a la Gestión, a cuyo cargo se encuentra la coordinación general de la planificación y presupuestación institucional.

Gasto: Valor monetario de los bienes y servicios que se adquieren, así como de la transferencia de recursos a otros sujetos y de la cancelación de la deuda.

Ingreso: Importe en dinero de los recursos que ingresan y pertenecen al SINAES.

Liquidación presupuestaria: Es el cierre de las cuentas del presupuesto institucional que se debe hacer al terminar el ejercicio económico, con el cual se obtiene el resultado global de la ejecución del presupuesto, tanto a nivel financiero -déficit o superávit-, como de las realizaciones de los objetivos y metas previamente establecidos para cada uno de los programas presupuestarios.

Meta: Resultado cuantificable que se prevé alcanzar mediante la gestión institucional en un determinado periodo.

Objetivo: Logro que a nivel general o por categoría programática se espera concretar en un determinado periodo, para el cumplimiento de la misión institucional en forma eficiente y eficaz.

Plan anual operativo (PAO): Instrumento formulado en concordancia con los planes estratégico del SINAES, en el que se concreta la política de la institución a través de la definición de objetivos, metas, y acciones que se deberán ejecutar durante el año.

Presupuesto: Instrumento que expresa en términos financieros el plan anual de la institución, mediante la estimación de los ingresos y de los gastos necesarios para alcanzar los objetivos y las metas de los programas presupuestarios.

Presupuesto inicial: Presupuesto con que el que se comienza la gestión anual de la institución.

Presupuesto por programas: Presupuesto estructurado mediante programas presupuestarios. Contiene los objetivos y metas por alcanzar con determinadas asignaciones presupuestarias.

Proceso presupuestario: conjunto de fases continuas, dinámicas, participativas y flexibles, mediante el cual se formula, aprueba, ejecuta, controla y evalúa la gestión institucional, en sus dimensiones físicas y financieras, de conformidad con el bloque de legalidad.

Programa presupuestario: Corresponde a la agrupación de categorías programáticas de nivel inferior, que son afines entre , encaminadas a cumplir propósitos genéricos expresados en objetivos y metas, a los cuales se les asignan recursos materiales y financieros, administrados por una unidad ejecutora y reflejan sus correspondientes asignaciones presupuestarias.

Artículo 3°—Alcance y Ámbito de Aplicación. El presente Reglamento regula los elementos básicos del subsistema de presupuesto y el proceso presupuestario del SINAES, que permiten fortalecer el PAO y el presupuesto como instrumentos esenciales de la gestión institucional y la sana administración de los recursos, ordenando el accionar de las unidades ejecutoras y dando seguridad jurídica en el manejo de esos instrumentos. Constituye un marco de referencia de carácter general, a partir del cual puede darse la emisión de procedimientos, indicaciones, instrumentos y guías dirigidas a facilitar su aplicación.

Artículo 4°—De la Dirección Ejecutiva y del Coordinador del Presupuesto. La Dirección Ejecutiva, como jerarca administrativo y superior de la División de Apoyo a la Gestión, será responsable de dirigir los procesos de planificación y presupuesto del SINAES, y de presentar al Consejo Nacional de Acreditación, para su conocimiento y aprobación, según proceda, los planes estratégicos y operativos, los presupuestos y sus modificaciones, los informes de ejecución física y financiera, la liquidación presupuestaria, informes de evaluación, y la normativa que corresponda en materia de planificación y presupuesto.

El Jefe de la División de Apoyo a la Gestión del SINAES, apoyará al Director Ejecutivo en el cumplimiento de las funciones citadas en el párrafo anterior, y bajo la subordinación del Director Ejecutivo, será responsable de la coordinación general a nivel institucional, de los procesos de planificación y presupuesto, y tendrá entre sus funciones las siguientes:

a) Coordinar y velar por el adecuado funcionamiento e integración de los procesos de planificación y presupuestación del SINAES y la actualización oportuna de la información derivada de esos procesos.

b) Integrar y revisar las propuestas de PAO, presupuesto inicial, presupuestos extraordinarios y modificaciones presupuestarias, elaboradas por las divisiones del SINAES, todo bajo la subordinación de la Dirección Ejecutiva, y someterlas a conocimiento de la Comisión de Presupuesto, para lo procedente.

c) Elaborar y proponer las herramientas necesarias para la formulación, ejecución, control y evaluación del PAO y el Presupuesto institucional.

d) Integrar la información y elaborar los informes de ejecución presupuestaria trimestrales (incluyendo un resumen de las modificaciones presupuestarias), de liquidación presupuestaria anual y de evaluación física y financiera de la gestión institucional, para conocimiento de la Dirección Ejecutiva y de la Comisión de Presupuesto, las autoridades superiores de la institución y la Contraloría General de la República, según corresponda.

e) Cualquier otra función atine...

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