Solís a Sala IV: solo curas católicos tienen vetado ser ministros

El presidente Luis Guillermo Solís alegó ante la Sala IV que la prohibición para asumir como ministro se limita a los religiosos católicos, y no a personas de otras confesiones.

Con este argumento, tanto Solís como el ministro de la Presidencia, Melvin Jiménez, se defendieron del recurso de amparo que el abogado Álvaro Orozco presentó el 23 de abril contra el nombramiento de Jiménez, por ser obispo luterano.

Esta interpretación está ligada al principio de confesionalidad religiosa del Estado costarricense, enmarcada en el artículo 75 de la Constitución Política.

'La Religión Católica, Apostólica, Romana, es la del Estado, el cual contribuye a su mantenimiento, sin impedir el libre ejercicio en la República de otros cultos que no se opongan a la moral universal ni a las buenas costumbres', señala ese apartado de la Carta Magna.

Según Orozco, la designación de Jiménez como ministro de la Presidencia es inconstitucional porque violenta el artículo 142 de la Constitución, donde se señala que para ocupar esos cargos es requisito ser del estado seglar.

Para el abogado, al ser Jiménez un obispo luterano 'debe considerarse como clérigo'.

Orozco además reclama al Poder Ejecutivo por hacer una diferencia entre religiones para sustentar el nombramiento de Jiménez , lo que 'supone un acto discriminatorio, y va en contra de la libertad de religión', alegó.

Sin embargo, a criterio del Ejecutivo, ese argumento no es válido, pues defiende que, a la luz de la Constitución y de la jurisprudencia vigente, Jiménez es seglar.

Es decir, no pertenece a la clase sacerdotal de la Iglesia católica.

Esta tesis se apoya en la resolución 0566-E-2005 del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) donde se interpreta que ser del estado seglar 'significa no pertenecer a la clase sacerdotal de la Iglesia católica', apunta el documento para la Sala firmado por Solís y Jiménez.

Para recalcar esto, el gobernante también se sustentó en la opinión jurídica OJ-083-2013, emitida en octubre del 2013 por la Procuraduría de la República, donde se apunta que el carácter confesional del Estado se agota al tener a la religión católica 'como la oficial'.

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