Soltería era buen negocio para hijos de pensionados

Permanecer en soltería fue un buen negocio para decenas de hijas e hijos de pensionados de Gobierno. Ese estado civil les permitió cobrar las jubilaciones de sus padres, después de su muerte, sin límite de edad.

Algunos las disfrutaban con más de 62 años, sin importar si tenían profesión, percibían otros ingresos o si contaban con una pareja estable.

Así se desprende de un análisis de las pensiones que el Ministerio de Trabajo canceló a los herederos de exfuncionarios públicos, después de que el año pasado el Congreso le puso límite al tiempo en que estas podían ser disfrutadas.

Hasta la fecha, el Ministerio ha caducado 43 pensiones a herederos que tienen entre 24 y 62 años. Once de ellos superan los 50 años. Algunos percibían menos de ¢100.000 mensuales, pero otros alcanzaban hasta ¢5 millones por mes.

Tal es el caso de una mujer cuyo padre falleció en 1985. En el momento en que Trabajo la canceló el beneficio, ella tenía 41 años y devengaba ¢5,1 millones mensuales. Su estado civil es soltera y tiene dos hijos.

Otra mujer de 62 años recibía ¢146.000 por herencia de un padre fallecido en el 2000, cuando ella tenía 45 años. Otra persona de 51 años cobraba ¢1,5 millones por la pensión de un exfuncionario que murió en el 2004, cuando ella tenía 38 años.

¿Cómo ocurrió? En 1943, la Ley de Pensiones de Hacienda estableció que, cuando un pensionado de Gobierno fallecía, tendrían derecho a recibir la pensión su viuda, 'las hijas mientras permanezcan solteras' y los hijos hasta los 18 años.

De acuerdo con la redacción del artículo 5 de esa norma, se interpretó que no existía límite de edad para que las hijas siguieran recibiendo la jubilación siempre que no se casaran, aunque tuviesen profesión, salario u otros ingresos, así como hijos o una pareja estable.

Si había varios beneficiarios (viuda e hijos), el...

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