TEATRO POPULAR MELICO SALAZAR

Fecha de publicación27 Mayo 2021
Número de registroIN2021552865
EmisorCULTURA Y JUVENTUD

TEATRO POPULAR MELICO SALAZAR

TRANSCRIPCIÓN DE ACUERDO DE JUNTA DIRECTIVA

TPMS-11.1.a/1145/2021

Sesión Ordinaria virtual N° 1145

Efectuada el 12 de mayo de 2021

Acuerdo N° 11.1.a:

Conocido el Reglamento a la convocatoria de RACE 2021 presentada mediante el oficio DIR-TND-053-2021; los señores de la Junta Directiva acuerdan: aprobar el Reglamento a la convocatoria de RACE 2021 para el presente año, conforme al texto que se transcribe en este acuerdo. Acuerdo en firme.

REGLAMENTO DE BECAS PARA LA RESIDENCIA

ARTÍSTICA CREANDO ESCENA

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3), 8) y 18), y 146 de la Constitución Política, artículo 25 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, y

Considerando:

1º—Que el Teatro Popular Melico Salazar fue creado como institución desconcentrada del Ministerio de Cultura y Juventud, con el objetivo de fomentar y desarrollar las artes del espectáculo y la Popularización de la cultura, según lo establece su Ley Creadora N° 7023 del 13 de marzo de 1986 y, que de acuerdo con esta misma ley, son funciones de la institución la promoción y programación de espectáculos, la organización de capacitación artística cultural y de festivales, así como el establecimiento de convenios con entidades públicas y privadas.

2º—Que la Ley General de la Persona Joven No 8261 tiene entre sus objetivos propiciar la participación cultural de las personas jóvenes, en condiciones de solidaridad, equidad y bienestar.

3º—Que el Taller Nacional de Danza tiene como objetivo desarrollar acciones para que exista mayor oportunidad de que grupos accedan a diferentes áreas de la danza, así como para la enseñanza, fomento, apreciación artística y capacitación en esta disciplina, según se establece en el Decreto Ejecutivo N° 27989-C de la constitución del Taller Nacional de Danza como programa del Teatro Popular Melico Salazar.

4º—Que la Política Nacional de Derechos Culturales 2014-2023 tiene como objetivo estratégico promover la dinamización económica de la cultura, a través de estímulos a la creatividad y a la producción cultural, a nivel local, regional y nacional, ligados a los procesos de desarrollo social y económico.

5º—Que la Estrategia Nacional “Costa Rica Creativa y Cultural 2030” tiene como objetivo impulsar el desarrollo de la industria creativa y cultural costarricense, mediante el establecimiento de un ecosistema que favorezca el desarrollo de las unidades productivas, brindándoles condiciones para mejorar su competitividad en el mercado nacional e internacional.

6º—Que en el Presupuesto del Taller Nacional de Danza-2021 se incluyó un fondo destinado al apoyo de proyectos de creación y producción artística del sector artístico independiente y que, anualmente, se procurará designar recursos para ese mismo fin, de acuerdo con los objetivos institucionales.

7º—Que el programa de Becas para la Residencia Artística Creando Escena incide directamente en los ejes estratégicos de fomento, formación y producción del Teatro Popular Melico Salazar al generar un espacio para impulsar la creación de productos artísticos de la mano de procesos de formación de habilidades y conocimientos complementarios que permiten robustecer los proyectos artísticos con el fin de incidir de forma positiva en el resultado escénico y con ello, además en la experiencia que disfruta el público.

8º—Que el programa de Becas para la Residencia Artística Creando Escena, es fundamentalmente una actividad del Taller Nacional de Danza, institución adscrita al Teatro Popular Melico Salazar.

9º—Que es necesario reglamentar la utilización de este fondo, para la adecuada ejecución de sus recursos, su debida puesta en práctica y así lograr el cumplimiento eficaz, eficiente y oportuno de los objetivos que se le han asignado a este programa presupuestario, como parte de la labor de desarrollo de las artes del espectáculo y popularización de la cultura. Por tanto;

Decretan:

El siguiente

Reglamento de Becas para la Residencia

Artística Creando Escena

Artículo 1º—Objeto: La presente normativa tiene por objeto reglamentar las Becas para la Residencia Artística Creando Escena del Taller Nacional de Danza.

Artículo 2º—Glosario: Para los efectos de este Reglamento, ténganse en cuenta las siguientes definiciones:

1. Ministerio: Ministerio de Cultura y Juventud.

2. TPMS: Teatro Popular Melico Salazar.

3. TND: Taller Nacional de Danza.

4. Reglamento: Reglamento de Becas para la Residencia Artística Creando Escena.

5. RACE: Programa presupuestario del Taller Nacional de Danza, cuyas siglas significan Residencia Artística Creando Escena.

6. Recursos de RACE: Contenido económico que RACE designa para apoyar las iniciativas del sector independiente que resulten seleccionadas según lo establecido para cada convocatoria.

7. Convocatoria: Llamado público que efectúa RACE para convocar a las personas interesadas en presentar proyectos, para obtener colaboración económica e institucional de RACE, de acuerdo con este Reglamento y las bases de participación.

8. Bases de participación: Documento explicativo elaborado por el Taller Nacional de Danza en el que se consignan la condiciones de las residencias, criterios de evaluación, especificación de los requisitos contenidos en el Reglamento y cualquier otro detalle que los aspirantes a postulantes requieran conocer para formular sus proyectos y participar de los recursos de RACE en cada convocatoria.

El órgano responsable de la aprobación de estas bases de participación es la Junta Directiva del Teatro Popular Melico Salazar.

9º—Postulantes: Participantes a las convocatorias anuales, que aspiran a beneficiarse del proyecto.

10.—Proyectos Beneficiarios: Proyectos que, al cumplir con lo establecido en el artículo 6° de este Reglamento, pueden acceder a los recursos de RACE, una vez seleccionados por las Comisiones respectivas.

11.—Comisiones: Órganos evaluadores y fiscalizadores que tienen a cargo el proceso de selección de proyectos para la obtención de la ayuda económica e institucional de RACE.

Artículo 3º—Creación del Programa: Créase el Programa Becas para la Residencia Artística Creando Escena, en adelante RACE, como programa presupuestario del Taller Nacional de Danza, que se regirá por los principios de igualdad y libre concurrencia, de publicidad y de eficiencia, por el presente Reglamento y las bases de participación que se pondrán a disposición de los ciudadanos, antes de cada convocatoria.

El programa tendrá por objetivo general promover e incentivar la investigación escénica y la creación de proyectos de danza de artistas escénicos jóvenes y emergentes a través del otorgamiento de becas de apoyo económico y/o institucional en modalidad de residencias artísticas a proyectos puntuales concebidos por el sector cultural y artístico.

Artículo 4º—Objetivos de RACE: Para el logro del objetivo general indicado en el artículo anterior, RACE se regirá por los siguientes objetivos específicos:

1. Favorecer la profesionalización y formación de artistas jóvenes y emergentes.

2. Atender necesidades transversales y multidisciplinares que se presentan en los procesos de desarrollo creativo de proyectos artísticos.

3. Promover la innovación en la creación escénica a través del fomento de procesos de investigación sólidos.

4. Beneficiar proyectos escénicos de gran valor artístico a través de un acompañamiento especializado que les permita incrementar su sostenibilidad y rentabilidad en el sector.

5. Fomentar la producción y desarrollo de competencias escénicas que colaboren en la optimización del quehacer artístico nacional.

6. Motivar la innovación en la creación escénica a partir del uso e implementación de nuevas tecnologías en los proyectos escénicos.

7. Conectar el tejido creativo con entornos culturales internacionales procurando así el intercambio, las relaciones y colaboraciones entre las partes.

Artículo 5º—Recursos, administración y fiscalización: Los recursos económicos de RACE estarán compuestos por el monto contemplado, anualmente, en la Ley de Presupuesto Nacional. Así mismo, RACE podrá recibir donaciones y patrocinios de todo tipo, de acuerdo con lo que establece el artículo 10 de la Ley del Teatro Popular Melico Salazar, N° 7023 del 13 de marzo de 1986. Los recursos serán administrados por el TND y el TPMS y fiscalizados por la Junta Directiva, como máximo jerarca de la institución. El TND informará a la Junta, periódicamente, sobre la ejecución presupuestaria de los recursos asignados al programa.

Artículo 6º—Proyectos beneficiarios de RACE: Podrán beneficiarse con recursos de RACE aquellos proyectos atinentes a la danza y las artes del movimiento en cualquier estilo, género o disciplina dancística. Dentro de este concepto, se beneficiarán de los fondos de RACE, las propuestas que cuenten con las siguientes características:

1. Deberán plantear el desarrollo de un proceso de creación o investigación de un producto artístico con énfasis en la danza y las artes del movimiento.

2. Su contenido es de considerable significado artístico o cultural, enfatiza en la creatividad y la innovación.

3. Plantea un proceso artístico razonable en los términos de esta convocatoria sin sacrificar la calidad y profesionalidad del proyecto, realizable en el período establecido y con resultados concretos.

4. El proyecto debe ser respetuoso de la Política de No Discriminación del MCJ, como entidad gubernamental de carácter pluralista y respetuosa de la diversidad.

Artículo 7º—Exclusiones: Quedan excluidas de participar:

1. Propuestas que beneficien a personas y funcionarios del Teatro Popular Melico Salazar que ocupen puestos con algún grado de injerencia en los procesos de revisión, adjudicación o ejecución de los fondos.

2. Donde participen miembros de la Junta Directiva del TPMS y familiares hasta en tercer grado de consanguinidad y afinidad.

3. A quienes alcance las prohibiciones del artículo 22 y 22 bis del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

4. Personas con impedimento de participación dictaminado por o...

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