Tierras de esclavistas podrían ser confiscadas en Brasil

Río de Janeiro (Tierramérica). En el siglo XXI hay brasileños todavía sometidos a un régimen similar a la esclavitud. Solo el año pasado, 2.501 personas fueron liberadas de ese yugo por fiscales del Ministerio de Trabajo y Empleo de este país.Por eso fue celebrada en todo el territorio la aprobación, el 22 de mayo, de la Propuesta de Enmienda a la Constitución (PEC) 438/2001 en la Cámara de Diputados, después de 10 años de espera.La PEC 438 prevé la confiscación de propiedades en las que se detecte trabajo esclavo, destinando esos bienes a la reforma agraria y al uso social en las ciudades, pues prevé asimismo la expropiación de inmuebles urbanos.Al cierre de esta edición, en medio de la fiebre de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible (Río+20), el proyecto seguía esperando ser analizado por la Comisión de Constitución y Justicia del Senado.'Es una victoria importante. Hubo una clara manifestación de varios sectores de la sociedad, incluso de 120 obispos católicos, artistas e intelectuales, sobre un tema y en un enfrentamiento que en muchos aspectos es simbólico', dijo a Tierramérica el coordinador de la Campaña Nacional contra el Trabajo Esclavo de la Comisión Pastoral de la Tierra (CPT), Xavier Plassat.'La confiscación de la propiedad que fue instrumento para cometer el delito y el hecho de que se la destine a la reforma agraria ofrecen al mismo tiempo un castigo y una solución, rompiendo el círculo vicioso de la esclavitud', explicó.'También es simbólica por los valores que privilegia, en consonancia con la Constitución: la dignidad vale más que la propiedad, la cual queda condicionada al respeto de la función social', continuó.Y finalmente, es simbólica la resistencia que la reforma 'generó en sectores del Congreso legislativo que representan intereses agropecuarios y que sostienen que el trabajo esclavo no existe, pues nadie trabaja encadenado, o que está mal definido en la legislación brasileña, a pesar de que este país es una referencia mundial en esta materia', agregó.El artículo 149 del Código Penal define el trabajo esclavo como delito punible con entre dos y ocho años de reclusión, además de multas e indemnizaciones a las personas violentadas. En 2003 fue ampliado para comprender también toda acción encaminada a obstaculizar la salida de los trabajadores del lugar de labor.Es posible que los casos registrados sean menos que los reales. Los fiscales dependen de denuncias con localización exacta, generalmente en...

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