Trámite para solicitar donaciones de chatarra, bienes declarados en desuso y obsoletos, de 22 de Diciembre de 2016

EmisorRefinadora Costarricense de Petróleo

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

Trámite para solicitar donaciones de chatarra, bienes

declarados en desuso y obsoletos

Procedimiento y fundamento legal del trámite

  1. -El Alcalde, la Alcaldesa (o en su ausencia el Vice alcalde o Vice alcaldesa), Intendente del Concejo Municipal, el representante legal del Hospicio de Huérfanos de San José o la entidad que tenga disposición legal expresa de recibir donaciones de chatarra, bienes declarados en desuso y obsoletos, debe hacer llegar la solicitud a la Presidencia de RECOPE por alguno de los siguientes mecanismos:

    1. Vía correo electrónico a la dirección: marlene.rodriguez@ recope.go.cr, utilizando firma digital en la solicitud para revisión, y una vez que cumplan con todos los requisitos, presentar físicamente en el edificio Hernán Garrón Salazar, en la Presidencia, piso 12.

    2. Enviar los documentos firmados originales vía Correos de Costa Rica.

    3. Presentar los documentos físicos en Edificio Hernán Garrón Salazar, en la Presidencia, piso 12

  2. -Una vez recibida la donación deberá presentar un informe del uso dado a los bienes donados, que incluya fotografías y otros documentos que permitan observar el uso. En el caso de chatarra, deberá presentar además el monto del ingreso recibido por la venta de ésta y las facturas (originales o copia certificada) que respalden las inversiones realizadas con estos ingresos.

  3. -RECOPE recomienda que las auditorías internas incorporen en los Programas de Trabajo Anual, una evaluación de las obras realizadas y de la utilización de la donación realizada por RECOPE.

  4. -Deben dar a conocer a la comunidad las obras realizadas con la donación de RECOPE a través de los medios de comunicación que tengan acceso.

    Fundamento legal del trámite:

    - El Artículo 6 de la Ley 6588 del 30 de julio de 1981, reformado en la ley N° 9062, publicado en Alcance N° 174 a La Gaceta N° 214 del 6 de noviembre del 2012, que permite donaciones al Hospicio de Huérfanos de San José.

    - Código Municipal Ley N° 7794 del 30 de abril de 1998, numeral 17 inciso n), Artículo 67.

    Información general

    Dependencia a cargo del trámite: Presidencia

    Dirección: San José, Goicoechea, San Francisco, calle 108, ruta 32, km 0, edificio Hernán Garrón

    Apartado: 4351-000 San José

    Horario: Lunes a viernes de 7:00 a. m. a 3:00 p. m.

    Plazo de resolución: 20 días hábiles

    Costo del trámite: sin costo

    Vigencia: 45 días hábiles

    OBSERVACIONES:

    1. Para el retiro de bienes donados:

    1. Deben...

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