Resolución No. IN2017136801

Fecha de publicación29 Mayo 2017
Número de registroIN2017136801
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

000736.—San José, a las trece horas y cuarenta minutos del día veintiséis del mes de abril del dos mil diecisiete.

Diligencias de declaratoria de interés público, por la afectación al derecho comercial ocasionado por el proceso de expropiación, realizado en contra del inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Terminal de Contenedores de Moin”.

Resultando:

1°—Que para la ejecución del proyecto de obra pública denominado: “Terminal de Contenedores de Moin”, fue necesario expropiar inmueble propiedad de Banco Crédito Agrícola de Cartago, e inscrito ante el Registro Público al Folio Real matrícula N° 7-096192-000 ubicado en el distrito 03 Río Blanco, cantón 01 Limón, de la provincia de Limón. Proceso que se tramita ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, bajo el expediente judicial N° 15-0000832-1028-CA.

2°—Que en la propiedad antes indicada existe un derecho comercial denominado: Tierra Feliz del Caribe S. A., cédula jurídica N°3-101-230464, que resultó afectado por el proceso de expropiación del inmueble, descrito en el resultando anterior, razón por la cual el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, inició un expediente administrativo, N° 2015-01 y procedió a realizar el avalúo correspondiente.

3°—Que mediante resolución de las ocho horas treinta minutos del veintitrés de diciembre del año dos mil dieciséis, dictada por el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, Anexo A, en diligencias de expropiación del Estado contra Tierra Feliz del Caribe S. A., cédula jurídica N° 3-101-230464, bajo el expediente judicial N° 15-000832-1028-CA, ordena cumplir con la sentencia N° 175-2016-11 del 09 de mayo del 2016, del Tribunal de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, la cual señala que deberá emitirse una declaratoria de interés público en los casos de expropiaciones que pretendan la indemnización de derechos comerciales.

4°—En razón de lo antes expuesto conoce este Despacho y,

Considerando:

Único.—De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Expropiaciones, N° 9286 del 11 de noviembre del 2014, publicada en La Gaceta N° 24 del 04 de febrero del 2015 y con el fin de cumplir con la sentencia N° 175-2016-11, del Tribunal de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, procede declarar de interés público la afectación al derecho comercial de Tierra...

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