Sentencia nº 01771 de Tribunal de Familia, de 11 de Octubre de 2004

PonenteNidya Sánchez Boschini
Fecha de Resolución11 de Octubre de 2004
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia98-002521-0364-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoSimulación y liquidación anticipada de bienes gananciales

TRIBUNAL DE FAMILIA. S.J., a las nueve horas veinte minutos del once deoctubre del año dos mil cuatro.-

Proceso Ordinario de Liquidación Anticipada de Bienes Gananciales, promueve A.P.R.G., mayor, casada, ama de casa, con cédula número uno-seiscientos setenta y tres-ochocientos setenta y cuatro, vecina de Santo Domingo de Heredia; contra B.E.H.L., mayor, casado, ciudadano estadounidense, con cédula de residencia número ciento setenta y cinco-ciento treinta y uno novecientos noventa y uno-mil ciento veintinueve, vecino de San Pablo de Heredia. Se ha tenido como parte al Patronato Nacional de la Infancia.-

RESULTANDO:

  1. -

    La señora R.G. solicita en sentencia se declare: a) Con lugar la presente demanda y se proceda a la liquidación anticipada de bienes otorgándole el derecho a la mitad que le corresponde sobre el vehículo Marca Toyota, estilo Land Cruiser Har Top, motor número cero uno cinco nueve seis ocho cinco, modelo mil novecientos setenta y ocho, color verde, placas número setenta y tres mil novecientos cinco; b) el derecho de posesión sobre un lote que se describe como terreno con casa de habitación, ubicado en el distrito Primero, J., Cantón Once, G., Provincia de P., con un área de quinientos dos metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados, plano P-treinta y cuatro mil setecientos-noventa y seis, actualmente en proceso de inscripción mediante el trámite de información posesoria ante el Juzgado de Puntarenas; c) se condene al demandado al pago de ambas costas del proceso (ver folio 8 a 11).-

  2. -

    Una vez notificado el accionado contestó en los términos del escrito que corre agregado a folios 53 y 54 solicitando la declaratoria con lugar de este proceso y de su derecho sobre la finca Partido de H., Folio Real Matrícula número setenta mil cero noventa y nueve-cero cero cero.-

  3. -

    El Licenciado W.F.M., Juez del Juzgado de Familia de H., por sentencia de las diez horas del veinte de abril del dos mil cuatro, resolvió: “POR TANTO: De conformidad con lo que establecen los artículos 51 de la Constitución Política, 41 del Código de Familia y Jurisprudencia citada, artículos 1, 2, 5, 153, 155 y 221 del Código Procesal Civil, se acoge parcialmente la liquidación anticipada de bienes gananciales incoada por A. P.R.G. contra B.E.H.L. y se declara: a) tiene derecho la actora a la mitad del valor neto sobre el vehículo marca Toyota, motor número 0159685, placas número 073905, lo que se liquidará en la etapa de ejecución de sentencia; b) se...

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