Sentencia nº 01942 de Tribunal de Familia, de 9 de Noviembre de 2004

PonenteNidya Sánchez Boschini
Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2004
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia02-400318-0341-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoSimulación y liquidación anticipada de bienes gananciales

EXPEDIENTE: No. 02-400318-341-FA-321-G

VOTO NO. 1942-04

TRIBUNAL DE FAMILIA, S.J., a las ocho horasquince minutos del nueve de noviembre del dos mil cuatro.-

Proceso ORDINARIO DE LIQUIDACION DE BIENES GANANCIALES, establecido por A.G.J.B. mayor, divorciada una vez, ama de casa, vecina de Turrialba, cédula de identidad número 0-000-000, contra G.B.V., mayor, divorciado una vez, mecánico industrial, vecino de Verbena Norte de Turrialba, cédula de identidad número 0-000-000.

RESULTANDO:

  1. La actora con base en los hechos y citas de derecho que invocó en su demanda, solicita que en sentencia se declare:” Como bien ganancialla finca del Partido de Limón, matrícula de folio real número setenta y cuatro mil trescientos ochenta y ocho, submatrículas001 y 002 al haberse disueltoel vínculo matrimonial que la unía con el demandado, de manera que el derecho cero cerounoproporcional a un medio de la finca, seguirásiendo propiedad del señor B.V., en pago de su derecho a ganancial y el derecho cero cero dos, proporcionala un medio de la finca,continuarásiendo propiedad de ella, en pago a su derecho a ganancial.Que se ordene su inscripciónen el Registro Público deInmuebles y que se condene aldemandado al pago de ambas costas.”

  2. El demandado fue debidamente notificado de la presente acción la cual contestó en forma negativa.

  3. El Licenciado E.R.A., juez de Familia de Turrialba, por sentencia dictada al ser las trece horas treinta minutos del treinta y uno de agosto del dos mil cuatro, resolvió: “POR TANTO:De acuerdo a lo expuesto, artículos 51 y 52 de la ConstituciónPolítica 1, 2, 6, 8, 34, 37 al 41 del Código de Familia, 267,455 y480 del Código Civil, 223, 421, del CódigoProcesal Civil, se declara SIN LUGAR LA DEMANDA ABREVIADA DE BIENES GANANCIALESinterpuesta por A.G.J.B. contra GERARDO BONILLAVEGA.Las costas procesales ypersonales, serán a cargo de la actora. “

  4. Conoce este Tribunal del presente asunto en virtud del recurso de apelación interpuesto porel apoderado de la actora contra la referida sentencia.Esta sentencia sedicta dentro del plazo de Ley.

Redacta la J.S.B., y

CONSIDERANDO

I.-

La resolución recurrida es la resolución de las trece horas treinta minutos del treinta y uno de agosto del dos mil cuatro, se la sentencia que declara sin lugar en todos sus extremos la presente demanda.

II.-

El Tribunal, siguiendo el sendero que elige para oficiar en la forma que luego se expone, no explora acerca de la bondad o no del derecho cuya tutela reclama...

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