Sentencia nº 00608 de Tribunal de Familia, de 17 de Mayo de 2011

PonenteLuis Héctor Amoretti Orozco
Fecha de Resolución17 de Mayo de 2011
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia09-000131-0364-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoDeclaratoria de hijo extramatrimonial

090001310364FA

EXPEDIENTE:

09-000131-0364-FA - 6

PROCESO:

DECLARA. EXTRAMATRIMONIALIDAD

ACTOR:

M

DEMANDADO:

F

VOTO NÚMERO 608-2011

TRIBUNAL DE FAMILIA. A lasdieciséis horas y veintiún minutos del diecisiete de mayo de dos mil once

PROCESO DECLARA. EXTRAMATRIMONIALIDAD,establecido porM, […], contra H, […], yF, […]. Se tiene como parte alPATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA.

RESULTANDO

  1. -

    La parte actora solicita que en sentencia se declare: con lugar la presente acción, y se declare en sentencia que la menor A no es hija del señor H, en consecuencia no tiene derecho a ser alimentada por él ni a sucederle ab intestato. Que el señor H no tiene el derecho de ejercer la patria potestad sobre A. Que la menor no tiene derecho a llevar como primer apellido Ag.. Que la menor es hija de F, por lo que deberá ser inscrita en el Registro Civil con los apellidos L.C. Que la menor A tiene derecho a sucederle ab intestato y a ser alimentada por el señor F. Se condene al señor F al pago de los gastos de embarazo y maternidad, conformidad con el artículo 96 del Código de Familia, reformado por la Ley de Paternidad Responsable, los cuales se liquidarán en etapa de ejecución del fallo. En caso de oposición del demandado se le condene al pago de ambas costas del proceso. Una vez firme la sentencia se expida la ejecutoria correspondiente y se ordene la inscripción de la misma en el Registro Civil..-

  2. -

    El demandado H, al no conocerse su paradero, ni tener apoderado nombrado, se le notificó por edicto y se le nombró curador procesal, el cual contestó en los términos de su escrito de folio setenta y dos. El señor F fue notificado en forma personal contestando como consta en el escrito de folio cincuenta y seis.-

  3. -

    El JuezFrancisco H.Q.,Juez del Juzgado de Familia de H., por sentencia de lasquince horas y veintinueve minutos del once de febrero del año dos mil once, resolvió: "POR TANTO: De acuerdo con lo expuesto,se acoge parcialmenteeste proceso Especial de Filiación – Declaración de Extramatrimonialidad e Investigación de Paternidad- incoado por M, contraH y F, en los términos que seguidamente se dirán:1-Se declaraSIN LUGARlo correspondiente a la Investigación de Paternidad -y sus consecuencias legales- interpuesta porM contra deF, al ser excluido este de tal condición, por la prueba pericial realizada a los efectos, y no haberse desarrollado una efectiva posesión notoria de estado.2-Se declara con lugar la solicitud de extramatrimonialidad que hizo la señora M respecto de H, y en consecuencia se declara quela menor A, hasta ahora de apellidos A.C, no es hija biológica del señor H, ni tampoco de F, ypor consiguiente en adelante deberán modificarse los apellidos de la menor, retomando los de su madre, seanC.Z.; asimismo, al no haber ligamen por filiación alguno entre los accionados y la niña citada, no tienen los primeros ni derecho ni obligación alguna sobre la segunda, entendidos en la esfera paterno filial, sea en asuntos de patria potestad, alimentos, sucesión intestada, etcétera. En concordancia con lo anterior, deben de modificarse los asientos de la Partida de Nacimiento: […],de la Sección de Nacimientos de la Provincia deHeredia. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas, respecto de la actora y el señor H. Se condena a la señora M al pago de las costas procesales y personales generadas al señor F. Asimismo, se advierte a las partes, que en caso de inconformidad fundamentada, tienen el derecho de apelar este fallo dentro del plazo legal ."

  4. -

    Conoce este Tribunal del presente proceso en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la referida sentencia. Esta sentencia se dicta dentro del plazo de Ley. En los procedimientos se han observado las prescripciones correspondientes.-

    Redacta el J.A.O.; y,

    CONSIDER...

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