Sentencia nº 00369 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección I, de 17 de Octubre de 2002

PonenteCristina Víquez Cerdas
Fecha de Resolución17 de Octubre de 2002
EmisorTribunal Contencioso Administrativo, Sección I
Número de Referencia99-000412-0161-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso especial tributario

SECCIÓN PRIMERA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. Segundo Circuito Judicial de San José, a las catorce horas diez minutos del diecisiete de octubre del dos mil dos.

Proceso contencioso administrativo –especial tributario- interpuesto por LABORATORIOS INTERNACIONALES LABIN SOCIEDAD ANÓNIMA” representado por N.G.O., mayor, casado, licenciado en farmacia, vecino de San José, contra EL ESTADO en la persona del P.J.L.M.S., calidades no indicadas.

RESULTANDO:

1) Que estimada en cuarenta y un millones quinientos mil cincuenta colones, la demanda es para que en sentencia “se deje sin efecto la resolución No. 469-98 del Tribunal Fiscal Administrativo, que confirmó la Resolución No. 17357/95 de la Dirección General de Tributación” y se condene al Estado al pago de ambas costas del proceso.

2) Que el Estado contestó negativamentela demanda y a ella opuso la excepción de falta de derecho.

3) Que en los procedimientos se han observado las prescripciones de rigor y esta sentencia se dicta dentro del término de ley.

Redacta la J.V.C.; y,

CONSIDERANDO

I.-

HECHOS PROBADOS: De importancia para resolver el presente asunto, se tiene por bien demostrado lo siguiente:A.- Que el 21 de enero de 1992, el Hotel Fiesta de Playa S.A. y Laboratorios Internacionales Labin S.A., firmaron un contrato privado de compra-venta de acciónes, por medio del cual, la primera vendió a la segunda 571.430 acciones comunes y nominativas de un valor nominal de diez colones cada una, representadas por los certificados provisionales de acciones números 029 y 030.Se estipuló que como contraprestación, la actora “paga la suma de CUARENTA MILLLONES CIEN COLONES en los siguientes términos y condiciones: 1) ¢20.000.050.oo en este acto, que FIESTA confiesa recibidos a su entera satisfacción.2) ¢833.335.42 mediante una letra de cambio a pagarse el día 12 de marzo de 1992.3) ¢833.335.42 mediante una letra de cambio a pagarse el día 12 de junio de 1992. 4) ¢833.335.42 mediante una letra de cambio a pagarse el día 12 de setiembre de 1992. 5) ¢833.335.42 mediante una letra de cambio a pagarse el día 12 de diciembre de 1992.6) ¢833.335.42 mediante una letra de cambio a pagarse el día 12 de marzo de 1993. 7) ¢833.335.42 mediante una letra de cambio a pagarse el día 12 de junio de 1993.8) ¢833.335.42 mediante una letra de cambio a pagarse el día 12 de setiembre de 1993.9) ¢833.335.42 mediante una letra de cambio a pagarse el día 12 de diciembre de 1993.10) ¢833.335.42 mediante una letra de cambio a pagarse el día 12 de marzo de 1994. 11) ¢833.335.42 mediante una letra de cambio a pagarse el día 12 de junio de 1994.12) ¢833.335.42 mediante una letra de cambio a pagarse el día 12 de setiembre de 1994.13) ¢833.335.42 mediante una letra de cambio a pagarse el día 12 de diciembre de 1994.14) ¢833.335.42 mediante una letra de cambio a pagarse el día 12 de marzo de 1995.15) ¢833.335.42 mediante una letra de cambio a pagarse el día 12 de junio de 1995.16) ¢833.335.42 mediante una letra de cambio a pagarse el día 12 de setiembre de 1995.17) ¢833.335.42 mediante una letra de cambio a pagarse el día 12 de diciembre de 1995.18) ¢833.335.42 mediante una letra de cambio a pagarse el día 12 de marzo de 1996. 19) ¢833.335.42 mediante una letra de cambio a pagarse el día 12 de junio de 1996. 20) ¢833.335.42 mediante una letra de cambio a pagarse el día 12 de setiembre de 1996.21) ¢833.335.42 mediante una letra de cambio a pagarse el día 12 de diciembre de 1996.22) ¢833.335.42 mediante una letra de cambio a pagarse el día 12 de marzo de 1997. 23) ¢833.335.42 mediante una letra de cambio a pagarse el día 12 de junio de 1997.24) ¢833.335.42 mediante una letra de cambio a pagarse el día 12 de setiembre de 1997.25) ¢833.335.42 mediante una letra de cambio a pagarse el día 12 de diciembre de 1997. Los pagos establecidos en los puntos 2) al 25) devengarán intereses corrientes iguales a los de las operaciones número 3-312-000867-220 y 3-312-000868-220 del Banco Nacional de Costa Rica, tasa de interés ajustable cada seis meses tomando como base la tasa básica del Banco Central de Costa Rica, menos 1.5 puntos porcentuales, más 5 puntos porcentuales.TERCERA: Fiesta entregará certificados provisionales de acciones que serán depositados de inmediato en el Fideicomiso de Títulos Valores suscrito con el Banco Nacional de Costa Rica, y en el momento en que están debidamente impresos los certificados definitivos, serán sustituidos de inmediato ante el Fideicomiso del Banco Nacional de Costa Rica. (…) c) Que las acciones adquiridas por este Contrato quedan en un fideicomiso con el Banco Nacional de Costa Rica y por un plazo no menor de dos años a partir del día de hoy, sin posibilidad EL COMPRADOR de disponer más que de los dividendos que se produzcan…” (ver copia del contrato en las Hojas de Trabajo, folios 123 a 128 del expediente administrativo, Tomo II); B.- Que los certificados de acciones 029 y 030 fueron depositados en el fideicomiso número 265 suscrito con Laboratorios Internacionales Labin S.A. como fideicomitente y el Banco Nacional de Costa Rica como fiduciario ( folio 145 del expediente administrativo, Tomo II);C.- Que el 18 de septiembre de 1992, Hotel Fiesta de Playa S.A, y Laboratorios Internacionales Labín S.A., firmaron un contrato privado de compra- venta, por el cual la primera vendió a la segunda 614.286 acciones comunes y nominativas de un valor nominal de diez colones cada una, representadas por los certificados provisionales de acciones números cero ochenta y siete y cero ochenta y ocho.En el contrato se indicó que “LA COMPRADORA paga la suma de CUARENTA Y TRES MILLONES VEINTE COLONES en lo siguientes términos y condiciones: 1) ¢21.500.010 en dinero efectivo en este acto.2) ¢21.500.010 el día 28 de diciembre de 1992 (folios 350 a 354 del expediente administrativo, Tomo I);D.- Que Laboratorios Internacionales Labin S.A. entregó al Banco Nacional de Costa Rica, como fiduciario del fideicomiso número 265, suscrito entre ambos, los certificados provisionales de acciones Nos. 87 y 88 (certificación folio 355 del expediente administrativo);E.- Que a pesar de que en ambos contratos de compra venta de acciones, se indicó que la mitad del precio se pagaba en el acto en efectivo, en la realidad la compra-venta se efectuó a crédito, cancelándose la deuda a cinco años plazo y efectuando las cancelaciones de la siguiente forma:“En el período 92 ¢2.500.006.26, en el período 93 ¢24.833.351.68, en el período 94 ¢44.833.401.68, en el período 95 ¢3.333.341.68, en el período 96 ¢3.333.341.68 y en el período 97 ¢4.166.677.02” (dictamen pericial rendido en vía administrativa, folios 372 a 375 del expediente administrativo, Tomo I);F.- Que el 18 de septiembre de 1992, Hotel Fiesta de Playa S.A. y Laboratorios Internacionales Labin S.A., firmaron una “Promesa Incondicional de Compra Venta de Acciones”, mediante la cual, la segunda prometió incondicionalmente venderle a la primera, 307.143 acciones comunes y nominativas de un valor nominal de diez colones cada una, de la compañía “Hotel Fiesta de Playa S.A.”, a cambio de la letra de cambio número 44-92-HFPSA del día 18 de septiembre de 1992, por un valor de ¢21.500.010. En el contrato se indicó: “TERCERA: Las partes contratantes en este acto se comprometen irrevocablemente a entregar en Fideicomiso a K.P.M.S., sus derechos sobre el 50% de la acciones fideicometidas con el Banco Nacional de Costa Rica en el caso de LA VENDEDORA, y la letra de cambio referida en el caso de FIESTA; con la finalidad de que KPMG PEAT MARWICK S.A. ejecute este Contrato según los términos y condiciones en dicho Fideicomiso (folios 168 y 169 del expediente administrativo, Tomo II).G.- Que el 21 de septiembre de 1992, se firmó un contrato de fideicomiso entre KPMG PEAT MARWIKC, Hotel Fiesta de Playa S.A. y Labinsa S.A., por el 50% de las acciones en fideicomiso en el Banco Nacional de Costa Rica y la letra de cambio No. 44-92 HFPSA por ¢21.500.010.Los certificados provisionales de acciones No. 030 y No. 80, fueron retirados del Banco Nacional de Costa Rica y entregados a KPMG PEAT MARWICK (folios 148 y 172 , 176 a 180, 187, 190, 191 del expediente administrativo, Tomo II);H.- Que por medio del traslado de cargos número FGC-55-95 de 31 de mayo de 1995, con fundamento en el artículo 8 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la Dirección General de la Tributación Directa modificó parcialmente, la declaración del impuesto sobre la renta correspondiente al período fiscal número 92, a la empresa Laboratorios Internacionales Labin S.A.Entre otros, se rechazó el crédito fiscal por la...

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