Sentencia nº 01260 de Tribunal de Familia, de 26 de Octubre de 2000

PonenteNidya Sánchez Boschini
Fecha de Resolución26 de Octubre de 2000
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia98-401731-0187-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso abreviado de divorcio y subsidiariamente de separación judicial

ASUNTO: ABREVIADO DE DIVORCIO. SUB. SEPAR. JUDICIAL

ACTOR: JOAQUIN VADO GAMBOA

DEMANDADA: E.V. MATA.-

VOTO N°1260-00

TRIBUNAL DE FAMILIA.-

S.J., a las diez horas diez minutos del veintiséis de octubre del dosmil

Proceso abreviado de divorcio, subsidiaria separación judicial, establecida por J.V.G., mayor, casado, empleado de Lavacar, con cédula de identidad número 0-000-000vecino de San José, contra E.V.M., mayor, casada, estilista, con cédula de identidad número 0-000-000. Figura como parte el Patronato Nacional de la Infancia.

RESULTANDO:

  1. -

    La demanda la planteó el señor J.V.G. para que en sentencia se declare: a) El divorcio por la causal prevista en el inciso 8 del artículo 48 del Código de Familia,

    es decir no menos de tres años de separados de hecho. b) Que existe como bien ganancial la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad Partido de San José, folio real matrícula número ciento treinta y cinco mil cuatrocientos cuarenta-cero cero cero y que se ordene su adjudicación por iguales partes entre actora y demandada, sea un cincuenta por ciento para casa uno, a dividir en vía de ejecución de sentencia. c) Se condene en ambas costas a la demandada. d) F. el fallo se expida la ejecutoria de Leypara su inscripción en el Registro Civil. En forma subsidiaria solicita se declare: 1) La separación judicial por tener más de un año de separado de hecho. 2) Que existe como bien ganancial la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, Partido de San José, folio real matrícula: ciento treinta y cinco mil cuatrocientos cuarenta-cero cero cero y que se ordene su adjudicación a actor y accionada por iguales partes, un cincuenta por ciento para cada uno en pago de los gananciales y, que se ordene su división en diligencias de ejecución de sentencia. 3) Que se condene en ambas costas a la demandada. 4) F. el fallo se expida la ejecutoria de Ley para su inscripción en el Registro Civil.-

  2. -

    Tanto el Patronato Nacional de la Infancia como la demandada fueron debidamente notificados del traslado de la demanda. Esta última procedió a contestar parcialmente en forma negativa. Sostiene que la separación de hecho operó en mazo del año noventa y siete. Procede la demandada a plantear una contrademanda para que en sentencia se declare: a) Disuelto el vínculo matrimonial. b) Que se condene el señor V.G. a la pérdida de gananciales del único bien ganancial y que es la finca del Partido de San José número ciento treinta y cinco mil...

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