Sentencia nº 01540 de Tribunal de Familia, de 11 de Octubre de 2001

PonenteOscar Corrales Valverde
Fecha de Resolución11 de Octubre de 2001
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia95-400572-0364-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso abreviado de divorcio

EXPEDIENTE DEL TRIBUNAL NUMERO:771-00(95-400572-364-FA)

DIVORCIO

DE:J.D.Z..-

CONTRA:G.M.Q..-

VOTO N°1540-2001

TRIBUNAL DE FAMILIA. S.J., a las catorce horas del once de octubre del dos mil uno.-

Proceso de divorcio establecido porJulieta D.Z., mayor, casada una vez, ama de casa, vecinade H., cédula número seis-ciento cuarenta y tres-cero cuarentacontra G.M.Q., mayor, casado una vez, vecino de Santo Domingo de H., empresario, cédula número nueve-cero veintidós-seiscientos treinta y seis.-Funge como Apoderado Especial Judicial de la actora el Licenciado A.V.A. y como Apoderado Generalísimo de la misma el señor P.M.D..

RESULTANDO:

  1. La actora con base en los hechos y citas de derecho que invocó en su demanda, solicita que en sentencia se declare: “1:El divorcio del señor G.M.Q. y J.D.Z., por la causal de adulterio.2)Que la guarda, crianza y educación de nuestros hijos estará a mi cargo, ya que aunqueson mayoresPaola y C. aún son jóvenesy estudian, en el caso de M. que si es menor de edad yo seré la responsable de su guarda, crianza y educación.3)Para poder mantener a mis hijos y en vista de que no trabajo fuerade mi casa solicito una pensiónmensual a mi favor por la suma de 150.000 colones, aunque don G. siempre ha ayudado en la manutención de la casa, solicito que sea otorgada por ese despacho.4)Se me otorgue la mitad de los bienes que en este momento están registrados a nombre de mi esposo, ya que fueron adquiridos estando casados y son bienes gananciales, además de que en el presente proceso demostraré que es mi esposo el cónyuge culpablede nuestro divorcio.5)Se condene al demandado al pago que las presentes costas originan.-

  2. El demandado fue debidamente notificado de la presente acción la cual contestó en forma afirmativa, allanándose a la misma.-

  3. El Licenciado R.C.V., Juez de Familia de H., por sentencia dictada al ser las dieciséis horas cinco minutos del siete de junio del dos mil, resolvió: “POR TANTO:Conforme lo expuesto y artículos 34, 55, y 129 de la Constitución Política, 1, 2, 8, 34, 41, 48 inciso 1), 56, 57, 152, 158, inciso a) del Código de Familia, 221, 222, 317, 220, 483, 490, 491,y 494 del Código Procesal Civil se declara parcialmente CON LUGAR la demanda abreviada de divorcio promovida por J.D.Z.G.M. QUESADA.Se declara disuelto el vínculo matrimonial que une a las partes teniéndose a la señora D.Z. como cónyuge inocente y al señor M.Q. como cónyuge culpable de la causal de adulterio; en éste sentido se dispone que la actora adquiere el derecho de participar en la mitad del valor neto únicamente de los siguientes bienesgananciales propiedad del demandado e inscritos a su nombre a fecha tresde agosto de mil novecientos noventaen el Registro Público de la Propiedad Inmueble, Partido de Puntarenas:inmueble matrícula de folioReal número cuarenta y seis mil trescientos veintiocho-cero cero cero, que es terreno para agricultura, lote sesenta y dos G, situado en el distrito tercero, cantón quinto de P., inmueble inscrito bajo la matrículade folio real cuarenta y seis mil trescientos treinta-cero cero cero, que es lote con ochenta y cuatro B, terreno para agricultura, situado en el distrito tercero, cantón quinto de P. e inmueble inscritobajo la matrícula de folio real número cuarenta y seis mil trescientos veintiséis-cero cero cero que es el lote número...

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