Sentencia nº 00197 de Tribunal de Familia, de 13 de Febrero de 2002

PonenteNidya Sánchez Boschini
Fecha de Resolución13 de Febrero de 2002
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia99-004193-0165-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso abreviado de divorcio

EXPEDIENTE DEL TRIBUNAL NUMERO:1535-01 (99-004193-165-FA)

ABREVIADO DE DIVORCIO

DE:R.M.C..-

CONTRA:M.E.R.A..-

Voto No. 197-02

TRIBUNAL DE FAMILIA DE SAN JOSE, al ser las diez horas quince minutos del trece de febrero del dos mil dos.

Abreviado de divorcio, establecido por R.M.C., mayor, casado, comerciante, vecino de Moravia, cédula número uno-trescientos cuatro-quinientos catorce contra M.E.R.A., mayor, casada, ama de casa, vecina de Moravia, cédula número uno-trescientoscuarenta y siete-ochocientos diecinueve.Funge como Apoderada Especial Judicial de la demandada laLicenciada M.J.R..

RESULTANDO:

  1. El actor con base en los hechos y citas de derecho que invocó en su demanda, solicita que en sentencia se declare:“1)Que se declare que los bienes mencionados en los hechos 23 y 24, son bienes gananciales por ser adquiridosdentro del matrimonio.2)Que se declare la disolución del vínculo matrimonial del suscrito R.M.C. con la demandada M. E.R.A., por la causal de sevicia y que se ordene el mandamiento respectivo para la correspondiente inscripciónen el Registro Civil.3)Que se condene a la demandada al pago de lascostas de este proceso.”

  2. La demandada fue debidamente notificada de la presente acción la cual contestó en formanegativa, oponiendo las excepciones de falta de derecho, falta delegitimación activa y pasiva.-

  3. El Licenciado D.E.S.M., juez de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, por sentencia dictada al ser las nueve horas del dos de mayo del dos mil uno, resolvió: “POR TANTO:Con fundamento en los artículos 41, 48 inciso 4, 49, siguientes y concordantes del Código de Familia, 155, 221, 223, 420 siguientes y concordantes del Código Procesal Civil, 455 siguientesy concordantes del Código Civil,se declara con lugar la demanda de divorcio con base en la causalde divorcio invocada por el actor R.M.C.Se declara disuelto el vínculo matrimonial, y una vez firme esta sentencia se inscribirá ante el Registro Civil, Sección de Matrimonios, P.S.J., al tomo ciento treinta y tres, folio sesenta y siete, asiento ciento veintiocho.Ambas partes adquieren el derecho recíproco a participar en la mitad del valor neto de los bienes gananciales comprobables en el patrimonio del otro.Se declara que tanto el vehículo placas C-70007 como la finca del Partido de San José, folio real 54692, derecho 001, sonbienes gananciales que forman parte real del patrimonio de la demandada y el actoradquiere por ello en este acto el derecho a participar de la...

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