Sentencia nº 00319 de Tribunal de Familia, de 25 de Febrero de 2004

PonenteAna María Picado Brenes
Fecha de Resolución25 de Febrero de 2004
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia94-400731-0338-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso abreviado de divorcio

TRIBUNALD E FAMILIA DE SAN JOSE, al ser las once horas cuarenta minutos del veinticinco de febrero del dos mil cuatro.-

Ejecución de Sentencia en proceso abreviado de divorcio establecido por L.M. A.R., mayor, casada, vecina de Cartago, cédula númeroseis-cero cuarenta y nueve-ciento siete contra A.C.G., mayor, casado, vecino de Cartago, cédula número tres-ciento tres-quinientos treinta y cuatro.R E S U L T A ND O

  1. La actora con base en los hechos y citas de derecho que invocó en su demanda, solicita que en sentencia se declare:”Que se obligue al demandado a firmar y otorgar la escritura de traspaso de la citada finca a su favor, que en caso denegativa, que sea el Juzgado el que proceda al otorgamiento de la escritura ennombre del demandado obligado.Que se condene al demandado al pago delas costas personales yprocesales dela presente acción.”

  2. El demandado fue debidamente notificado de la presente acción la cual contestó en forma negativa. Oponiendo la excepción de falta de derecho.-

  3. El Licenciado E.G.G., juez de Familia de Cartago, por sentencia dictada al ser las trece horas treinta minutos del catorce de octubre del dos mil tres, resolvió: “POR TANTO:Se declara sin lugar la presente demanda de ejecución de sentencia interpuesta por L.M.A.R. contra A.C. Guzmán.Se condena a la actora al pago de las costas personales y procesales de lapresenteacción.”

  4. Conoce este Tribunal del presente asunto en virtud del recurso de apelación interpuesto por la actora contra la referida sentencia.Esta sentencia se dicta dentro del plazo de ley.En losprocedimientos se han observado las prescripciones correspondientes.

Redacta la J.A.M.P.B. CONSIDERANDO

  1. Por estar debidamente sustentados en la prueba aportada a los autos, se avala el elenco de hechos probados contenidos en la sentencia.

  2. La ejecutante recurre el fallo, alegando las siguientes razones de inconformidad:1.- Que se ofreció prueba para mejor resolver, tendiente a demostrar la veracidad de los hechos, y esta solicitud no fue resuelta. 2.- Que el fallo es confuso en tanto que admite que el accionado fue cónyuge culpable, y con una interpretación subjetiva del artículo 41 del Código de Familia, resuelve que ese derecho lo perdió en bienes de la actora y no en los de su propio patrimonio. 3.- Que lo que debe privar aquí es un análisis de la sentencia de divorcio, estando en vigencia el artículo 41 antes de la reforma. Se solicita revocar el fallo recurrido, ordenando proseguir con la...

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