Sentencia nº 01337 de Tribunal de Familia, de 4 de Agosto de 2004

PonenteOscar Corrales Valverde
Fecha de Resolución 4 de Agosto de 2004
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia02-400568-0187-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso especial de filiación

TRIBUNAL DE FAMILIA.- SanJosé, a las ocho horas treinta minutos del cuatro de agosto del dos mil cuatro.-

Proceso de Ejecución de Sentencia en proceso Especial de Filiación, establecido por K.N.Q., mayor, soltera, cédula número uno-mil cuarenta y cinco-cero treinta y uno, vecina de San José, contra R.E.D.S., mayor, soltero, administrador de empresas, cédulanúmero uno-novecientos sesenta y uno-cero noventa, vecino de Tibás.-

RESULTANDO

  1. -

    La actora presenta proceso de ejecución de sentencia dentro del proceso especial de filiación incoado contra el demandado, liquida gastos por maternidad por los primeros doce meses luego del nacimiento de la menor de edad, los que liquida en la suma de cuatrocientos cuarenta y ocho mil trescientos veintinueve colones, además del pago de ambas costas de dicho proceso, así como las costas de la presente ejecución.

  2. -

    El demandado R.E.D.S. la acción y se opuso a la misma en los términos de folios 85 a 88).

  3. -

    La Licenciada M.C. Prado, Jueza del Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, por sentencia dictada a las quince horas cuarenta y dos minutos del treinta de enero del dos mil cuatro, resolvió: “POR TANTO: De acuerdo a lo expuesto, artículos 51, 53, 54 y 55 de la Constitución Política; 96 del Código de Familia y 629 del Código Procesal Civil; procede declarar CON LUGAR la presente ejecución de sentencia y aprobar la liquidación de los gastos de maternidad por un año desde el nacimiento de la menor D.D.N, presentada por al parte actora en la suma de cuatrocientos cuarenta y ocho mil trescientos veintinueve colones, monto que deberá depositar el demandado R.E.D.S., a la ordena de este Despacho y a favor de la actora K.N.Q.. NOTIFIQUESE.”

  4. -

    Conoce este Tribunal del presente proceso en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Apoderado Especial Judicial del demandado, contra la referida sentencia. Esta sentencia se dicta dentro del plazo de ley.- En los procedimientos se han observado las prescripciones correspondientes.

    R.J.C.V.; y,

    CONSIDERANDO:

PRIMERO

Por tener sustento en los elementos probatorios constantes en autos, se aprueba el sílabo de hechos probados y no probados que contiene la sentencia recurrida.

SEGUNDO

El ejecutado R.D.S., aduce nulidad de la sentencia y refiere que tiene vicios de incongruencia, falta de fundamentación y extra petita, la resolución impugnada, en tanto no se comprobó debidamente los...

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