Sentencia nº 02114 de Tribunal de Familia, de 2 de Diciembre de 2004

PonenteOlga Marta Muñoz González
Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2004
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia04-000109-0187-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso abreviado de divorcio

S.J., a las diez horas cincuenta minutos del dos de diciembre delaño dos mil cuatro.-

Proceso Abreviado de Divorcio establecido, L.C.M.,mayor, casado, taxista, con cédula número nueve-cero quince-setecientos sesenta y tres, vecino de San José; contra F.I.S.M., mayor, casada, ama de casa, con cédula número uno-cuatrocientos setenta y cinco-novecientos sesenta y seis, vecina de Poás de Aserrí. -

RESULTANDO:

  1. -

    El señor L.A.C.A. presenta demanda Abreviada en contra de la señora F.I.S.M.. Concretamente pide en su demanda que se declare con lugar la misma, que se disuelva el vinculo matrimonial con fundamento en el artículo 48 inciso 8 del Código de Familia, y que no existan bienes gananciales que repartir (Folios del 3 al 5).-

  2. -

    La señora F.I.S.M. fue notificada en debida forma de al demanda incoada en su contra sin que contestara la misma, razón por la cual se le declaró rebelde (Folios 25,26 y los autos).-

  3. -

    El Licenciado Alexis Vargas Soto Juez del Juzgado Segundo de Familia, por sentencia de las diez horas treinta minutos del diecisiete de agosto del año dos mil cuatro, resolvió: “POR TANTO: Con base en lo expuesto, normas de derecho citadas, se falla: a) Se declara con lugar la presente demanda de divorcio . Se disuelve el vínculo matrimonial existente entre los señores L.A.C.A.Y.F.I.S.M.. Una vez firme esta sentencia, inscríbase la misma en el Registro Civil, Sección de Matrimonios de la Provincia de San José bajo el tomo CIENTO OCHENTA Y SIETE, folio OCHENTA Y TRES, asiento CIENTO SESENTA Y SEIS. b) No hay hijos menores de edad. c) No existen bienes gananciales adquiridos por las partes, sin embargo, si eventualmente existiese alguno, conforme al artículo 41 del Código de Familia, cada uno de los cónyuges adquiere el derecho de participar en la mitad del valor neto de los bienes gananciales que se constaten en el patrimonio del otro, lo cual se determinará en la etapa de la ejecución de sentencia. El derecho cero cero cinco sobre la finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José matrícula de folio real número doscientos tres mil trescientos cincuenta a nombre de la demandada no es bien ganancial. d) Se exime recíprocamente a las partes del derecho de exigirse pensión alimentaria. e) Se condena en costas procesales y personales a la parte demandada. f) N. esta sentencia a la demandada rebelde en formapersonal o en su casa de habitación.”

  4. -

    Conoce este Tribunal del presente proceso en virtud del recurso de apelación...

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