Sentencia nº 01388 de Tribunal de Familia, de 12 de Septiembre de 2005
Ponente | Nidya Sánchez Boschini |
Fecha de Resolución | 12 de Septiembre de 2005 |
Emisor | Tribunal de Familia |
Número de Referencia | 03-400406-0216-FA |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Proceso especial de filiación |
TRIBUNAL DE FAMILIA.- S.J., a lasdiez horas treinta minutosdel doce de setiembre del dos mil cinco.
Proceso Especial de Filiaciónde la menor de edad M.D.S.M, establecido por M.L.S.M., cédula de residencia número dos siete cero-uno dos cero cuatro cero dos seis cero tres dos dos, contra R.A.R., cédula número uno-ochocientos veintinueve-cuatrocientos veinte. Se ha tenido como parte al Patronato Nacional de la Infancia.-
RESULTANDO
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La actora con las presentes diligencias solicita que en sentencia se declare la paternidad del demandado a favor de su menor hija que tiene derecho a llevar su apellido.
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El demandado en elplazo otorgado se opone a la acción en memorial de folio 8.
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La Licenciada A.S.R., Jueza del Juzgado Civil, de Trabajo y de Familia de Hatillo, por sentencia dictada a las nueve horas cincuenta minutos del veintiuno de abril del dos mil cinco, resolvió: “POR TANTO: Valorada toda la prueba traída a los autos de conformidad con lo expuesto y artículos 1, 2, 8, 11, 69,79, 80, 84 y 85 y 98 Bis del Código de Familia, 1, 3, 12, 104, 222, 155, 310, 369, 370, 420 inciso 1°, 424 y 427 todos del Código Procesal Civil y 36 del Código Civil, SE DECLARA CON LUGAR el presente proceso especial de filiación interpuesto por M.L.S.M. contra R.A. ROJAS y se dispone que la paternidad de M.D. de apellidos registrales S.MLÉNDEZ es del demandado. Se ordena por ello la modificación en el Registro Civil, Sección Nacimientos dela provincia de San José, al tomo MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS, página NOVENTA Y SIETE, asiento CIENTO NOVENTA Y TRES, para que sea debidamente inscrito con el apellido de su padre y madre y quede consignado así: M.D.A.S., quien además conserva el derecho a heredar a su padre y recibir la respectiva cuota alimentaria. S. sin especial condena en costas ante la ausencia de oposición del demandado. NOTIFIQUESE.”
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Conoce este Tribunal del presente proceso en virtud del recurso de apelación interpuesto por el demandado, contra la referida sentencia. Esta sentencia se dicta dentro del plazo de ley.- En los procedimientos se han observado las prescripciones correspondientes.
R.J.S.B.; y,
CONSIDERANDO:
I.-
El Tribunal avala el elenco de hechos probados que contiene el fallo impugnado por ser fiel reflejo de los elementos probatorios que los sustentan.-
II.-
Apela el demandado R.A.R., alegando como motivos de inconformidad que en la sentencia se indica en los hechos probados b, c y d , que mantuvo relaciones amorosas con la...
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